El MEM publica disposiciones sobre servicios de combustibles. Foto: José Orzco/LH

Por Margarita Girón
jgiron@lahora.com.gt

El Ministerio de Energía y Minas (MEM), publicó hoy en el Diario Oficial, el Acuerdo ministerial 117-2020, el horario de atención para las estaciones de servicio en el país, dicha medida fue tomada de conformidad con las disposiciones presidenciales en caso de Calamidad Pública, emitidas el 19 de abril por el presidente Alejandro Giammattei.

En el Acuerdo se establece que las estaciones de servicio de combustibles estarán abiertas entre 4 y 17:00 horas, y señala que podrán operar fuera de ese horario para realizar actividades únicamente relacionadas al abastecimiento de combustible a la estación de servicio.

Agrega que, los colaboradores de dichas estaciones, deberán emitir documentos de identificación para que las autoridades gubernamentales puedan apoyar en el desarrollo de sus actividades, debiendo extender dicha credencial o carta institucional, a todos sus trabajadores, contratistas y proveedores, para que se acredite la calidad en la que laboran o prestan sus servicios, así como un número de teléfono para que las autoridades puedan efectuar confirmaciones.

Señalan que el Acuerdo cobrará vigor a partir de su publicación en el Diario oficial, y podrá variar según las disposiciones presidenciales derivadas de la emergencia.

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