Por Denis Aguilar
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Según el Acuerdo Ministerial 1387-2019 emitido por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (Micivi), la circulación del transporte pesado de carga estará restringida entre el 31 de diciembre de 2019 y el 1 de enero de 2020, en todo el territorio nacional.
El Acuerdo establece que la restricción al transporte pesado de carga comenzará este martes 31 de diciembre a las 12:00 horas, hasta las 24:00 horas del miércoles 1 de enero. La multa por infringir la restricción es de Q1 mil.
La Dirección General de Transporte (DGT) ha detallado en reiteradas ocasiones que el transporte pesado que traslade productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, quedan exentos de la restricción, no obstante, deben estar autorizados por la DGT para poder circular.
El Acuerdo de este año permite a los pilotos del transporte pesado de carga circular únicamente del kilómetro 290 de la ruta CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto de Santo Tomás de Castilla.
También se permite la circulación del kilómetro 80 de la ruta CA-09-SUR-A a las instalaciones de Puerto Quetzal, al kilómetro 104 de la ruta CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 de la ruta SA-09-SUR.