Crédito foto: Mintrab

Por Denis Aguilar
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El Ministerio de Trabajo (Mintrab) indicó que pese a la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC), que dejó en suspenso provisional varios artículos del reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el trabajo a tiempo parcial sigue vigente.

La cartera indicó que ayer fueron notificados del fallo de la CC y señaló en un comunicado que la contratación a tiempo parcial no riñe con los artículos que fueron suspendidos de manera provisional.

Asimismo, el Mintrab manifestó que los efectos de esta resolución no tendrán efecto sobre los contratos a tiempo parcial que se hicieron previo a la decisión de la Corte de Constitucionalidad, según lo establecido en el artículo 141 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad.

“El Convenio 175 sobre Tiempo Parcial de la OIT está vigente dentro de la normativa nacional y la Corte no suspendió provisionalmente el contenido del artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 89-2019”, indicaron en un comunicado.

El artículo 3 del reglamente hace referencia a que todo patrono puede contratar a una persona a tiempo parcial o completo, respetando y cumpliendo con las disposiciones del Código de Trabajo y del Convenio 175.

Para el Ministerio de Trabajo, el trabajo a tiempo parcial con la reglamentación que había sido emitida debe considerarse como práctica que continúa siendo compatible con la normativa nacional vigente y aplicable.

La cartera también recordó que la función del trabajo a tiempo parcial es un modo de abrir nuevas posibilidades de empleo, tal y como lo indica el preámbulo del Convenio 175 de la OIT.

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