Por Denis Aguilar
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El magistrado Bonerge Mejía, presidente de la Corte de Constitucionalidad (CC), se refirió hoy a la acción que promovió la Comisión Permanente del Congreso de la República en contra de tres togados del Tribunal y recordó que los jueces y magistrados no pueden ser perseguidos por las resoluciones que emiten.
Luego de que el Congreso presentara en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una solicitud de antejuicio en contra de los magistrados de la CC, Mejía señaló que la ley establece que los jueces y magistrados no pueden ser perseguidos por las resoluciones que emitan en el ejercicio de sus funciones.
“Según la ley, los jueces y los magistrados no podemos perseguirlos por delitos funcionales, es decir, que si en ocasión del ejercicio de la judicatura, la magistratura, alguno cree que no está bien, hay recursos”, dijo el togado.
El magistrado presidente comentó que si las resoluciones emitidas no gustan a algunas personas, se debe impugnar, pero que este caso se ha llegado a una solicitud de antejuicio porque existe la creencia de que hay un delito.
Asimismo, Mejía dijo que en los últimos 19 años la Corte ha amparado a exmagistrados o magistrados actuales, que han sido señalados por resoluciones, citando como ejemplo el caso de Alejandro Maldonado Aguirre.
NO ENTIENDE ATAQUES
Mejía dijo hoy que no entiende los recientes ataques que ha dirigido la Comisión Permanente del Congreso contra ese órgano constitucional.
El magistrado presidente indicó que por el momento no han sido notificados de las acciones presentadas y que se han enterado a través de lo publicado por los medios de comunicación.
“En cuanto estemos notificados, como somos abogados, ante los ataques tenemos la reacción natural de defendernos”, dijo Mejía, quien añadió que es complicado ser juez y solo estar escuchando comentarios y no tener una comunicación franca y abierta para que se entiendan mejor las resoluciones.
El togado consideró que estas acciones se dan porque los diputados señalan que se cometieron delitos, asegurando que es una postura que se respeta, pero que no se acepta.
CC PUEDE FRENAR PROCESOS DE LEY
Respecto a la polémica que se generó por la suspensión de la aprobación de la Ley de Reconciliación Nacional, Mejía aseguró que la CC tiene la potestad para frenar el proceso y que esto ya se ha realizado en anteriores ocasiones.
El magistrado citó como ejemplo cuando se frenaron las reformas al Código Penal, lo cual había causado una agitación en la población, asegurando que en ese entonces se emitió una resolución similar a la de la Ley de Reconciliación Nacional.