Magistrados de la CSJ siendo juramentados en el Congreso. Las elecciones de Cortes en el 2014 fueron señaladas por la sociedad civil. Foto La Hora

Por Redacción La Hora
lahora@lahora.com.gt

Pese al evidente conflicto de interés que existe en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), cuyos magistrados conocerán las solicitudes de antejuicio interpuestas contra siete congresistas y un ministro señalados de participar en sobornos para aprobar determinadas leyes en el Congreso, analistas ven difícil que los magistrados se puedan inhibir.

Carmen Aída Ibarra, del Movimiento Pro Justicia, manifestó que tanto magistrados de la CSJ como de las Cortes de Apelaciones fueron electos por el mismo Congreso.

No hay más que hacer que lo conozcan los magistrados de la CSJ y si alguno de ellos quisiera inhibirse, el asunto pasaría a conocimiento de algún magistrado de Sala pero que igual resulta con conflicto de interés porque igual fue electo en el marco de esas negociaciones espurias entre el PP, Lider y otros de sus aliados en el Congreso, manifestó.

Según dijo, los magistrados de la CSJ no tienen suplentes y cuando alguno de ellos falta de manera temporal, por enfermedad o por motivos de viaje, es sustituido por magistrados de la Corte de Apelaciones. “A mí me parece un poco fútil que se inhiban porque van a terminar conociendo sino una corte, la otra, pero todas están bajo el mismo predicamento de que han sido electos en el marco de un paquete negociado”, mencionó.

Ibarra mencionó que la CSJ afrontará, con este caso, su conflicto de interés más fuerte en todo este período y en la etapa final de su gestión, ya que entregarán el cargo en octubre próximo.

La representante de Pro Justicia mencionó que en esta ocasión también se habla de negociaciones similares entre magistrados de CSJ, de Apelaciones, algunos jueces y diputados.

ES CUESTIONABLE

Por su parte, Eddie Cux, de Acción Ciudadana, consideró que en la investigación de MP y CICIG se habla en general de la designación de Cortes, pero no de una designación específica, por ejemplo, como en el caso del Rey del Tenis donde se mencionaban nombres específicos y por ello es difícil que los magistrados se inhiban.

En la ley del Organismo Judicial hay ciertos criterios para inhibirse, porque al final se tiene que probar, en este caso se habla de la Ley Tigo, la elección general de Cortes, pero no hablamos de nombres concretos, indicó Cux.

No obstante, el integrante de Acción Ciudadana recordó que en ese entonces sí existía una fuerte influencia del Ejecutivo sobre el Congreso que incluso se plantearon recursos para detener la elección.

A decir de Cux, lo que se plantea en este nuevo caso es que no existe una verdadera división de poderes y al final tomando en cuenta los retrocesos que hay en el sistema de justicia, es cuestionable que los mismos jueces conozcan de esas acusaciones cuando ellos mismos fueron elegidos por ese Congreso tan señalado.

Este es uno de los ejemplos más claros en que el principio republicano ha perdido sus líneas, simplemente es una negociación que se da como prebendas, compra de ventas y voluntades, que dan pie a hablar del concepto de cooptación, es decir, se crean las reglas, se eligen a los funcionarios y se coopta al Estado, indicó.

Según la investigación del Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), entre 2012 y 2015, en el Congreso de la República, se supeditaron las funciones legislativas a directivas del Poder Ejecutivo a cambio de promesas de pago. Con ello se tomaron diversas decisiones y se sancionaron leyes, entre las acciones se incluyó el nombramiento de funcionarios de primer nivel en instituciones clave como la Contraloría y las Cortes del país.

Artículo anteriorDiputados que aprobaron “Ley Tigo”
Artículo siguienteAnalistas: Caso por “Ley Tigo” desnuda alianzas con clase política