Javier Monterroso
En la efervescencia política causada por los casos de corrupción en el 2015, muchos guatemaltecos y guatemaltecas, decepcionados por la clase política nacional comenzaron a proponer suspender el proceso electoral, e incluso se creó el eslogan “en estas condiciones no queremos elecciones”. Sin embargo, el proceso se llevó a cabo y de hecho tuvo una importante participación política, casi el 70% de las personas empadronadas acudieron a votar.
Sin embargo, posiblemente influidos por la utópica novela de José Saramago “Ensayo sobre la Lucidez”, en la que el voto en blanco gana las elecciones en una ciudad, la posibilidad de que el voto nulo tuviera consecuencias formales quedó en el ambiente, y diversas organizaciones sociales solicitaron que se incluyera una reforma a la Ley electoral y de partidos políticos para que el voto nulo tuviera consecuencias jurídicas, y si este era mayoritario, pudieran repetirse las elecciones. El Congreso de la República, para quedar bien con la opinión pública incluyó en el año 2016 una reforma a la ley en ese sentido, la cual literalmente dice:
“Artículo 203 Bis. Efectos de la mayoría absoluta del voto nulo. Si en los sistemas de votación, los votos nulos sumados en alguno de dicho sistema, fueran más de la mitad de los votos válidamente emitidos, el Tribunal Supremo Electoral acordará y declarará en única instancia la nulidad de las elecciones en donde corresponda y se repetirán éstas, por única vez, debiendo los partidos políticos y en su caso los comités cívicos electorales, postular candidatos a los cargos públicos correspondientes.”. Aunque esto se puede interpretar como una victoria de la plaza, en la práctica sus efectos no serán los deseados por varias razones que procedo a explicar.
El principal problema del artículo, es que para ser válido jurídicamente el voto nulo debe ser de la mitad más uno de la totalidad de los votos emitidos. De acuerdo a la memoria electoral de 2015 en la elección para presidente y vicepresidente se emitieron un total de 5,270,489, de los cuales solamente 216,363 fueron votos nulos, es decir el 4.10% del total, mientras que el voto emitido por alguno de los partidos políticos fue de 4,802,730, que representa el 91.12% del total de votos. Si esa tendencia continuara en las elecciones de 2017, para repetir las elecciones presidenciales se necesitaría que la mitad más uno de los más de 5 millones de votos emitidos fueran nulos, lo cual es totalmente imposible que suceda, pues la mayoría de las personas que acuden a votar lo hacen porque apoyan a un candidato. Caso distinto en algunos municipios pequeños, donde votan pocas personas y si sería posible repetir las elecciones.
El segundo problema es la consecuencia del voto nulo, que es la repetición de las elecciones, pero en este caso la ley no obliga a los partidos políticos a cambiar a sus candidatos, es decir, aun en el imposible caso de que el voto nulo fuera mayoritario y que debieran repetirse las elecciones, probablemente sería con los mismos candidatos. Además, como el artículo es muy claro en decir que solo pueden repetirse las elecciones por una única vez, aunque volviera a ganar el voto nulo esto no tendría consecuencia alguna y asumiría quien obtenga el mayor número de votos válidos.
Tomando eso en cuenta no tiene ningún sentido práctico votar nulo, y ya desde una perspectiva política creo que en estas elecciones nos jugamos demasiadas cosas como para votar nulo.