Por Eder Juárez
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En la Corte de Constitucionalidad (CC) se llevó a cabo una vista pública por la acción de inconstitucionalidad presentada por la Cámara Guatemalteca de Periodismo, contra el artículo 94 Bis de la Ley Electoral y el artículo 62 Quáter del reglamento de esta norma.
Según Mario Fuentes Destarac, presidente de dicha Cámara, las disposiciones en esos artículos les generan un castigo a aquellas personas que hubieren publicitado su imagen con fines políticos a través de los medios de comunicación. Son disposiciones que consideramos violatorias de la libertad de emisión del pensamiento y también de los derechos de elegir y ser electo.
Destarac indicó que consecuentemente el Tribunal Constitucional debiera resolver esta impugnación lo antes posible. La Ley establece que dentro de los dos meses siguientes que se presentó la impugnación y esos dos meses ya transcurrieron, indicó el abogado.
“Esperaríamos que la Corte después de esta vista resolviera cuanto antes estas impugnaciones”, señaló.