Por Eder Juárez
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La Junta Directiva del Congreso, presidida por Álvaro Arzú Escobar autorizó pagar Q21 millones 515 mil 765 en indemnizaciones a 20 trabajadores de ese Organismo, contratados bajo el renglón 011. Los pagos que se realizaron sobrepasaron los diez salarios que establece la Constitución, algo que para analistas consultados es ilegal.
Luis Fernández Molina, catedrático de Derecho Constitucional y Laboral, indicó que lamentablemente esta es una zona de claro-oscuro e indefinida, pero que a su consideración es claro que prevalece la Constitución en cuanto al pago de la indemnización, en el sentido de que los trabajadores del Estado tienen otra regulación, establecida en los artículos 108 y 110 de la Constitución.
Según Fernández Molina hay un principio laboral que es evolutivo, que es mínimo y susceptible de ser superado, de esa cuenta dicen que todo es para mejoras, sin embargo; “se deben regir por los preceptos constitucionales principalmente porque los derechos derivados de pactos colectivos y regulares no son fuente de derecho”.
Agregó que no se puede alegar inconstitucionalidad de los derechos adquiridos porque el error no es fuente de derecho ni contra el cumplimiento de la Ley se puede alegar práctica o uso en costumbre ni se puede invocar el espíritu de la Ley cuando la Ley en su texto es clara. “En conclusión es ilegal la indemnización de la forma como la hizo el Congreso”.
AUNQUE FUERA LEGAL, NO ES MORALMENTE ACEPTABLE
Por su parte Walter Menchú, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), dijo que la Ley de Servicio Civil está muy dispersa en Guatemala, a pesar de que la Constitución establece algunas cosas, también establece que las relaciones de los trabajadores del Estado y los patrones que son las diferentes dependencias del Estado, estarán reguladas por la Ley de Servicio Civil y por las Leyes que supletoriamente se adhieren a la del Servicio Civil.
“Nosotros nos dimos cuenta de eso (indemnización), pero lo que pasa que es algo que el Congreso debe de aprobarlo en sesión de Junta Directiva, porque es la instancia administrativa, y si hay un acuerdo de Junta Directiva donde se aprueba ese criterio para la indemnización, eso sería como una especie de legalización” dijo Menchú.
Agregó que como CIEN han pedido los documentos que amparan el pago de esas indemnizaciones, sin embargo, el Congreso no entregó el acta de la Junta Directiva. “No puedo decir si es legal hasta no tener el acta, porque sí fue autorizado si sería legal aunque moralmente no es aceptable”.
Según Menchú en promedio las personas que están siendo indemnizadas por el Congreso están recibiendo en promedio Q700 mil, pero hay personas que recibieron más de un millón. “Esto se presta a que los diputados reciban prebendas, y no hay certeza al final de cuanto tiene que recibir una persona, lo que hay que hacer es un llamado a la Contraloría para que audite como se dieron esos pagos, porque inclusive pueden haber plazas fantasmas que podrían cobrar esa indemnización” señaló el analista.