POR HEDY QUINO
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La Hora acudió de nuevo a la Corte de Constitucionalidad (CC) para interponer una inconstitucionalidad general parcial en contra del primer párrafo del artículo 3 de la recién aprobada Ley de Avisos Electrónicos, luego que el máximo órgano constitucional no conociera un recurso de amparo planteado en noviembre y cuyo ponente era el magistrado Neftaly Aldana.
El recurso legal fue interpuesto por el abogado Pedro Pablo Marroquín, director de este vespertino.
La normativa contempla que todas las publicaciones legales obligadas a realizarse en el Diario Oficial y alguno de los de mayor circulación se realicen ahora en un portal electrónico que estará a cargo del Diario de Centroamérica.
La acción presentada por el director de este vespertino, auxiliado por los abogados Luis Antonio Mazariegos Fernández, Ricardo Estuardo Recinos y Rodolfo López Bonilla, busca que se declare inconstitucional el primer párrafo del artículo 3 del decreto 24-2018, Ley de Avisos Electrónicos. El cual dice: «A partir de la creación del Portal Electrónico del Diario de Centro América, se suprime la obligación contenida en cualquier ley, reglamento o disposición que ordene una publicación en «Diario Oficial, “Diario de Centro América» o diario de mayor circulación», la que se sustituirá por la obligación de publicar en el Portal electrónico del Diario de Centro América».
Uno de los argumentos planteados para que dicha normativa se declare inconstitucional es que impone a los ciudadanos por la fuerza y en violación de derechos, un único medio de acceso a la información bajo el entero control del Estado, que de acuerdo a sus intereses y el poder que ejerce, podría negar, restringir, modificar o incluso desaparecer cualquier información sin que exista forma de impedir dicho actuar, y sin que exista un medio para garantizar que ello no ocurrirá».
Además, » la iniciativa fue asignada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, que el 14 de agosto de 2018 emitió dictamen favorable. El contenido de dicho dictamen pone de manifiesto, que jamás se examinó los derechos Constitucionales y Humanos que serían afectados con dicha iniciativa, ni se hizo ninguna ponderación razonable y proporcional de la afectación para establecer si tal normativa es Constitucional o no. En dicho dictamen al igual que en la exposición de motivos, ni se ordenó ni se exigió ningún estudio técnico ni de ninguna otra índole, que pudiera establecer la razonabilidad y necesidad de la misma», dice el recurso legal.
La argumentación también hace referencia a que la normativa tiene un carácter regresivo y que viola la Constitución Política de la República: “por virtud que no abona certeza, sencillez ni facilidad para el acceso a la información, sino que por el contrario, crea caos e incertidumbre jurídicas, pues posee una serie de excepciones en donde dicha norma no puede aplicarse, lo cual tiene como consecuencia directa que se pretenda obligar a los ciudadanos a saber de antemano cuáles son las publicaciones que deben buscar en la página electrónica, cuales deben buscar en los diarios o en otras fuentes de información”.
A la vez, se menciona que nunca se presentaron los estudios en torno al acceso a Internet en el país, como uno de los elementos que no se tomaron en cuenta.
El 15 de noviembre La Hora accionó legalmente en la CC en contra del Congreso de República por aprobar esta Ley, por lo que se solicitó un amparo a los magistrados de la máxima Corte del país, pero a la fecha aún no han emitido una resolución al respecto. El sábado 15 de diciembre dicha normativa cobró vigencia.