POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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Después de que el Congreso aprobara las reformas al 407 N, que fueron asumidas por algunos sectores como una “amnistía” para los sindicados por financiamiento ilícito, la semana pasada el Ministerio Público pidió un criterio de oportunidad para los sindicados Rodrigo Arenas y José Andrés Botrán. Hoy, no obstante, esta petición fue rechazada y calificada como «irresponsable» por la jueza.
El Juzgado de Mayor Riesgo «D», a cargo de la jueza Erika Aifán, convocó hoy a una audiencia en la que se discutiría si era procedente otorgar un criterio de oportunidad a Arenas y Botrán. Ambos están ligados a proceso por el delito de financiamiento electoral ilícito.
La audiencia se vio marcada por múltiples reproches que hizo la jueza Aifán al fiscal de la Fiscalía de Delitos Electorales, Rafael Curruchiche, porque, a consideración de ella, la petición de otorgar un criterio de oportunidad no estaba bien fundamentada y tampoco reunía los requisitos en ley.
Esto se vio reflejado, principalmente, porque ni los abogados defensores, ni sindicados y tampoco la Procuraduría General de la Nación (PGN) manifestaron en audiencia su aprobación a que el caso fuera resuelto mediante un criterio de oportunidad.
Sin embargo, la ley establece que el criterio de oportunidad debe plantearse a la judicatura cuando haya acuerdo entre el agraviado (en ese caso la PGN, en representación del Estado).
Como parte del criterio de oportunidad, el fiscal Curruchiche había pedido a la jueza que se conminara a Botrán al pago de Q250 mil al Tribunal Supremo Electoral, cantidad que es equivalente a la que presuntamente aportó a FCN-Nación, el partido de Jimmy Morales, para la campaña electoral del 2015. Mientras que para Arenas pedía el pago de Q94 mil 500.
Sin embargo, Aifán rechazó la petición. «El Ministerio Público ni siquiera estaba seguro de lo que estaba pidiendo en esta audiencia y eso se refleja también en la intervención de los demás sujetos procesales», afirmó.
CICIG Y PGN
Tanto la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y la PGN estuvieron en desacuerdo con el criterio de oportunidad que solicitó la Fiscalía de Delitos Electorales ya que, a criterio de ambas instituciones, no es el planteamiento adecuado.
Por su parte, la CICIG solicitó que se apercibiera a la Fiscalía para que presentara un nuevo acto conclusivo. «Con el debido respeto para la Fiscalía solicitamos que se suspenda la audiencia y que se aperciba al MP para que presente el acto conclusivo fundamentado en ley», dijo el mandatario de la CICIG.
En tanto, el abogado de la PGN dijo que no han tenido acercamiento con el MP para discutir la reparación digna y aseguró que la investigación de la Fiscalía da elementos racionales para imputar el delito de lavado de dinero, por lo que no es procedente el criterio de oportunidad.
«Esta representación considera que dentro de la investigación del MP hay otros elementos racionales para imputar más delitos», afirmó.
EMPLAZAMIENTO
La jueza Aifán emplazó a la Fiscalía de Delitos Electorales para que presente un nuevo acto conclusivo en un plazo de tres días.
El acto conclusivo podría ser una acusación formal, un sobreseimiento (que se cierre el proceso) o reiterar un nuevo criterio de oportunidad basado en un nuevo análisis.
En caso el MP incumpla con este apercibimiento, la jueza dijo que se informará a la Fiscalía General del MP para que inicie un proceso disciplinario contra los fiscales responsables.
PIDEN CERRAR CASO
Arenas y Botrán tampoco estuvieron de acuerdo con el criterio de oportunidad que les ofreció la Fiscalía y pidieron, junto con sus abogados defensores, que la jueza extinguiera la persecución penal argumentando que ninguno cometió delitos. Sin embargo, la jueza rechazo está petición debido a que lo que se estaba discutiendo en la audiencia era únicamente la procedencia o no de un criterio de oportunidad para ambos.