Sandra Xinico Batz
«Guatemala requiere de una reforma del marco jurídico del agro y de un desarrollo institucional en el área rural que permita poner fin a la desprotección y el despojo que han afectado a los campesinos y, en particular, los pueblos indígenas; que permita la plena integración de la población campesina a la economía nacional y que regule el uso de la tierra en forma eficiente y ecológicamente sostenible de acuerdo a las necesidades de desarrollo» (Numeral 37, E. Marco legal y seguridad jurídica, III Situación agraria y desarrollo rural. Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria).
Con este acuerdo el Gobierno se comprometía en el marco de los Acuerdos de Paz (1996) a implementar los mecanismos necesarios para facilitar el acceso a la tierra a los pueblos originarios y brindar certeza jurídica sobre esta para garantizar su propiedad. Se establecía también su acceso al uso de recursos naturales (como la administración de Áreas Protegidas, protección de fuentes de agua y otras) y a otros proyectos productivos.
Se buscaba crear, aparentemente, la institucionalidad necesaria para resolver el histórico conflicto de tierras que existe en el país y que había sido (también) uno de los causantes del Conflicto Armado Interno. Para dicha institucionalidad se creó el Fondo de Tierras y se puso al frente del proceso al Fondo para la Paz, actualmente inexistente luego de ser disuelto por ser un foco de corrupción completamente desvinculado de las funciones que se le asignó.
Se impulsaron los cambios legislativos que permitieron la creación de las unidades correspondientes para el registro de tierras y el catastro y es así como nace la Unidad Técnica Jurídica de la Comisión Institucional para el Desarrollo y Fortalecimiento de la Propiedad de la Tierra de Guatemala (UTJ-Pro-Tierra) que fue el organismo encargado de formular la Ley Nacional del Registro de Información Catastral. El RIC «nace como resultado de los Acuerdos de Paz, con el fin de apoyar en la búsqueda de soluciones a la problemática de la tenencia y uso de la tierra» («El catastro en Guatemala». RIC, 2015).
El RIC tiene en su poder la administración de las tierras en Guatemala y desde la implementación del catastro, priorizó el registro de las zonas que ha denominado conflictivas como la Franja Trasversal del Norte, el Corredor Seco y otros. Según sus propios datos, el RIC, ha ejecutado por ejemplo, desde el 2008 hasta julio de 2015: «427 kilómetros lineales de Áreas Protegidas delimitados, 427 kilómetros lineales de Áreas Protegidas demarcadas y 88.2 kilómetros de áreas de Reserva Territorial demarcados» («El catastro en Guatemala». RIC, 2015).
Desde la firma de los Acuerdos de Paz hasta hoy, el acuerdo que da pie a la creación del RIC, ha sido de los pocos acuerdos que han sido ejecutados y echados a andar. A pesar de formar parte de un cuerpo integrado de políticas que pretendía un desarrollo holístico para los pueblos, únicamente el registro de tierras (en otros pocos acuerdos) parece ser el que sigue avanzando al igual que el acrecentamiento del conflicto territorial.