
Los combustibles cambiarán de precio cuando entre en vigencia el decreto 6809 aprobado el martes por la noche por el Congreso de la República.
Con la eliminación del Impuesto de Distribución de Petróleo (IDP) y la suspensión parcial del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el precio de referencia reflejaría una rebaja de entre Q9 para el galón de las gasolinas y Q6 para el diésel.
De esa cuenta, los precios quedarían de la siguiente manera:
– Diésel: Q40.66 por galón
– Gasolina regular: Q32.90
– Gasolina superior: Q34.59
No son precios fijos para todas las estaciones. Son precios estimados que calcula la iniciativa al quitar los dos impuestos. Hoy el diésel se acerca a los Q50 o los supera en varios puntos y la regular ronda entre Q41 y Q42. Con la ley, la rebaja efectiva sería:
– Superior: -Q9.41 por galón
– Regular: -Q9.10
– Diésel y gas oil: -Q6.34
Es el descuento más grande desde 2022, cuando se quitó solo el IDP y la baja fue de Q5.
EL COSTO: Q3 MIL MILLONES QUE EL ESTADO DEJA DE RECIBIR
El sacrificio fiscal no es menor y tiene fecha de vencimiento.
Q3 mil 318 millones 400 mil dejará de recaudar el fisco en 3 meses y medio:
– Q1 mil 332.2 millones por IDP
– Q1 mil 986.2 millones por IVA
Esa es la cifra que el Congreso debe compensar con readecuaciones. Si no, el agujero fiscal queda para 2027. A agosto la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) reportó una recaudación de Q2 mil 294 millones por encima de la meta que es de Q119 mil millones para 2026.
Analistas de la Asociación de Investigación de Estudios Económico y Sociales (ASIES) han advertido que gran parte de los saldos sin ejecutar tienen candado legal y no se pueden mover sin una ley expresa.
El Congreso también discute la posibilidad de crear un “fondo de compensación”, que permita acumular recursos que luego puedan ser utilizados para subvencionar precios de combustibles altos.
LO QUE FALTA PARA VER LOS PRECIOS EN BOMBA
- Sanción del Presidente. El decreto ya aprobado por el Congreso debe ser sancionado por el presidente Bernardo Arévalo y publicado en el Diario de Centro América. Sin publicación, no hay vigencia. El Presidente puede sancionarlo, vetarlo o devolverlo con observaciones. Ese es el primer filtro político.
- El reglamento del MEM. La ley suspende impuestos, pero no fija precios obligatorios. Si el Ministerio de Energía y Minas no emite en los próximos días, un acuerdo con la metodología de precio de referencia —costo de importación, más el margen de distribución y la exoneración—, cada importador y cada estación puede trasladar menos de los Q9.41, explican analistas. Se prevé que el reglamento en los próximos días y según lo indicado, puede ser en cinco días hábiles.
El antecedente más cercano se remonta a 2022, cuando Guatemala aplicó una rebaja al Impuesto de Distribución de Petróleo (IDP).
En ese momento, distintos sectores señalaron que el beneficio no se reflejó de forma uniforme en todas las estaciones del país, especialmente fuera de la capital, en medio del debate sobre los mecanismos para verificar el traslado del descuento al consumidor.







