Conoce la nueva tasa municipal y las tarifas para obtener documentos matrimoniales
Conoce la nueva tasa municipal y las tarifas para obtener documentos matrimoniales. Foto La Hora: Sandy Millar en Unsplash

Una nueva tasa municipal y sus respectivas tarifas fue creada y entrará en vigencia esta semana. Se trata de una medida de la Municipalidad de Guatemala y aplica para la obtención de documentos matrimoniales.

El pasado 20 de agosto la comuna publicó en el Diario de Centro América (DCA) el Acuerdo COM-26-2026 con el cual se crea y regula la tasa por servicios de reproducción y certificación de documentos que obran en los expedientes de la Sección de Matrimonios de la Secretaría General de la Municipalidad de Guatemala.

La tasa aplica para la gestión de reproducción y certificación de documentos matrimoniales. Esto incluye:

  • Actas de matrimonio
  • Certificaciones de nacimiento
  • Documentos de identificación
  • Atestados
  • Constancias de celebración de acto de matrimonio civil

Asimismo, se fijaron tarifas para la reproducción de documentos y emisión de certificaciones. Los montos quedan de la siguiente manera:

  • Q50.00 por la emisión de certificaciones, hasta la quinta hoja, y Q1.00 por cada hoja adicional.
  • Q1.00 por fotocopias simples. El precio es por cada hoja.
  • Q10.00 por una constancia de celebración de acto de matrimonio civil.

Se explica que las certificaciones tendrán una vigencia de seis meses a partir de su emisión. Por otro lado, quedó establecido que se exoneran del pago de la referida tasa los siguientes documentos:

  • Los documentos que soliciten estudiantes con fines académicos comprobados.
  • Los documentos que soliciten las propias autoridades municipales para uso de la Municipalidad de Guatemala.
  • Los documentos que soliciten los Órganos del Estado, Organismo Judicial y el Ministerio
    Público.

En cuanto a la forma de pago, en el acuerdo en mención, se detalla que la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal de la Municipalidad de Guatemala (DAFIM) será la que genere una orden de pago.

Con ello, el usuario podrá pagar en cualquiera de los bancos autorizados. Además, se indica que «la Sección de Matrimonios procederá dentro de los tres meses siguientes a la vigencia del presente acuerdo a actualizar los Manuales respectivos».

Según lo dispuesto, el acuerdo entrará en vigencia a los ocho días días después de su publicación en el DCA, es decir, comenzará a regir a partir del 28 de agosto.

Heidi Loarca
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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