IGSS: Aquí te explicamos cómo funcionará el acuerdo sobre exoneración de recargos por mora

El pasado 27 de marzo entró en vigencia el programa de exoneración de recargos por mora del IGSS, iniciativa que tiene el objetivo de brindar a los patronos que tienen adeudos con dicha institución, la oportunidad de ponerse al corriente y gozar nuevamente de la cobertura de la Seguridad Social.

Esta disposición fue aprobada por la Junta Directiva mediante el Acuerdo 1504 y plantea la exoneración conforme a los plazos y porcentajes establecidos en el Acuerdo 1421, Reglamento sobre Recaudación de Contribuciones al Régimen de Seguridad Social, para los patronos del sector público y privado.

Sin duda, este programa representa un impacto positivo para los afiliados que habían quedado sin la cobertura del IGSS, por lo que es importante conocer todos los detalles de cómo funcionará el mismo.

Te compartimos aquí datos importantes sobre este programa de exoneración.

 

¿CÓMO SOLICITAR EL BENEFICIO?

Para que los patronos puedan solicitar adherirse a este acuerdo de exoneración, deberán actualizar sus datos ante el Instituto en la página web posteriormente cargar las planillas que estén pendientes (en el caso de los patronos que conozcan su deuda), para más información puedes llamar al número 2317-7171.

ESPECULACIONES ERRÓNEAS MÁS COMUNES

  • El acuerdo exonera a los patronos del pago de las contribuciones a la Seguridad Social: falso.
  • El acuerdo exonera el pago de las cuotas patronales de ahora en adelante: falso.
  • El acuerdo exonera de responsabilidades a los patronos que se han apropiado de las cuotas de los trabajadores y no las trasladan al IGSS: falso.
  • El acuerdo exonera al Estado de su deuda histórica con el IGSS: falso

10 ASPECTOS QUE EL ACUERDO ESTIPULA REALMENTE

  1. Brinda la oportunidad de proteger a más de 157 mil trabajadores que actualmente están fuera de la cobertura de la Seguridad Social debido a los adeudos de sus patronos.
  1. La opción aplica para todos los patronos, incluyendo los gobiernos locales o municipales, entidades descentralizadas no empresariales y el sector privado.
  1. 17 mil 855 patronos que tienen adeudos con el IGSS podrían beneficiarse.
  1. El acuerdo no exonera del pago de las cuotas laborales y patronales, solo exonera los recargos por mora, costas procesales, interés legal, gastos administrativos e intereses resarcitorios.
  1. Tendrá una vigencia de 6 meses, la cual dio inicio el 27 de marzo de 2022.
  1. Durante los primeros tres meses de vigencia los patronos podrán exonerarse del 100 por ciento de los recargos por mora.
  1. Durante el cuarto y quinto mes la exoneración será del 90 por ciento de los recargos.
  1. En el sexto y último mes de vigencia, la exoneración será del 80 por ciento.
  1. Otorga la posibilidad de pagar el adeudo al contado o suscribir un convenio de pago mediante un reconocimiento de deuda, con un plazo de hasta 60 meses.
  1. Los casos que mediante la vía judicial tengan sentencia firme no pueden acceder a este beneficio.

BENEFICIOS PARA TRABAJADORES

Cabe agregar que el acuerdo fue sometido a análisis financieros, los cuales dieron su viabilidad para seguir beneficiando la clase trabajadora a través del goce de la seguridad social, contemplando beneficios como lo son:

  • Programa de Maternidad,
  • Enfermedad y Accidentes (EMA),
  • Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS),
  • Además de asistencia y protección ante los riesgos de la pandemia COVID-19.