Jorge Morales Toj

Maya K’iche’, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, con estudios de Maestría y Doctorado en Derecho Constitucional. Pacifista y Defensor de los Derechos Humanos.

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Jorge Morales Toj

En la próximas semanas deberá ser integrada la nueva Corte de Constitucionalidad de nuestro país y diversos sectores y actores de la sociedad civil están impulsando esfuerzos para que existan mecanismos de transparencia en la nominación de candidatos a la CC, pero fundamentalmente, haciendo un llamado a que los candidatos y candidatas para que cumplan con los méritos de capacidad de idoneidad y honradez. A los méritos establecidos en nuestro ordenamiento constitucional yo le agregaría, que sean candidatos que tengan absoluta independencia de los poderes económicos tradicionales de este país, que sean candidatos comprometidos con el respeto a los derechos humanos de todos los guatemaltecos, que sean candidatos que tengan como único propósito la defensa del Estado Constitucional de Derecho y sobre todo que tengan una alta sensibilidad con el pueblo de Guatemala y que su único fin sea, la recta y correcta aplicación de la justicia constitucional en beneficio de todos los guatemaltecos sin discriminación alguna.
Nuestra Constitución Política de la República establece que la Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia.

Nuestro ordenamiento constitucional le otorga a la Corte de Constitucionalidad entre otras, las siguientes funciones: a) Conocer en única instancia de las impugnaciones interpuestas contra leyes o disposiciones de carácter general, objetadas parcial o totalmente de inconstitucionalidad; b) Conocer en única instancia en calidad de Tribunal Extraordinario de Amparo en las acciones de amparo interpuestas en contra del Congreso de la República, la Corte Suprema de Justicia, el Presidente y el Vicepresidente de la República: c)Conocer en apelación de todos los amparos interpuestos ante cualquiera de los tribunales de justicia; entre otros.

La Corte de Constitucionalidad, como Tribunal Constitucional, se integra con Magistradas y Magistrados designados en forma especial, los Magistrados duran en sus funciones cinco años y son designados por los siguientes órganos (simultáneamente con la designación del titular se hace la del respectivo suplente): el pleno de la Corte Suprema de Justicia; el pleno del Congreso de la República; el Presidente de la República en Consejo de Ministros; el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala; la Asamblea del Colegio de Abogados de Guatemala.

En la Asamblea del Colegio de Abogados de Guatemala, el próximo 26 de febrero tendremos la responsabilidad de elegir a un magistrado titular y a un suplente, debemos hacer una elección de un magistrado libre de los poderes fácticos.

Dada la historia de arbitrariedad e injusticias en Guatemala, la Corte de Constitucionalidad ha servido para limitar el poder de los gobernantes y ha evitado actos arbitrarios que han preservado el orden constitucional, por ello, necesitamos jueces constitucionales libres e independientes de los poderes políticos y económicos que han tenido a Guatemala en el subdesarrollo.

El Juez constitucional debe estar sujeto la Constitución y de debe ser garante de los derechos fundamentales de todos los guatemaltecos.

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