Gladys Monterroso
“Amurallar el propio sufrimiento es arriesgarte a que te devore desde el interior” Frida Kahlo
Un delito que debe ser considerado, ya sea para crear una ley o modificar el Código Penal, endureciendo las penas, es aquel que cometen los pedófilos y violadores, basta ya de que niñas y niños sean violados constantemente por escorias humanas, para los que no existe castigo suficiente, más aun, tomando en cuenta que existen problemas sin soluciones, dentro de los que se encuentra la violación de infantes y adolescentes.
Una noticia de suyo escalofriante, como muchas más que pasan desapercibidas, dentro de la vorágine de la comunicación actual, en la que pocas personas leen las noticias tradicionales, y en las que con la rapidez que se traslada la información, se pierden para dar lugar a nuevos eventos, debe prevalecer en nuestra memoria para que no vuelva a suceder, se trata del relato de una menor de tan solo siete años, a la que un energúmeno de 53 años de nombre Rufino Corado, sí, publico su nombre porque fue encontrado infraganti violando a la menor, después de que «forzó la puerta, ingresó al domicilio y tomó por la fuerza a la niña».
Llora sangre este tipo de noticias, no solamente por lo desgarrante de las mismas, también por el significado de ellas, porque, veamos el artículo 173 del Código Penal establece una pena de prisión que oscila en tan solo entre de ocho a doce años, si, tan solo ese tiempo, porque destruir una vida no se paga con ninguna pena, la que como el nombre lo indica trae aparejado un sufrimiento, pero para un desecho humano que comete semejante delito, todas las penas son pocas.
Leyendo un poco de historia del Derecho Penal, observamos como la pena como tal, ha ido humanizándose con el paso del tiempo, concediéndole a los reos derechos como seres humanos, tanto que incluso en muchas legislaciones y pactos internacionales han abolido la pena de muerte, otras como la nuestra han eliminado los trabajos forzosos como parte de la pena, es un avance en cuanto a los DD. HH. de las personas.
Pero, y ¿Las víctimas? ¿Cuáles son los derechos de los damnificados? ¿Una pena de prisión de ocho o doce años cambiará para bien la vida de la víctima? No señores, una violación no se olvida nunca, menos aún si se trata de una niña que aún quiere jugar con muñecas, si en una mujer adulta deja una huella de por vida, en una niña se asemeja a una marca de dolor imperecedera, por lo anterior no existe pena alguna, que devuelva a la víctima a su estado anterior, de cometido el hecho que destruyó su vida.
Durante la confinación que vivimos producto de la pandemia que aún nos azota, fue mayor el sufrimiento de las pequeñas víctimas, porque convivieron más con sus victimarios, derivado de este sufrimiento continuado, ¿Cuántos niños han sido castigados por el solo hecho de ser niños? Demasiados, lo más estrujante estriba, en que no encuentran ni encontraran consuelo a su dolor, la sociedad en general se ha preocupado del victimario, de que reciba un trato digno, una pena justa, y condiciones humanas, las víctimas son las grandes olvidadas, las olvida el sistema, la sociedad en general, y como resultado el Estado.
No existen políticas de prevención contra los violadores, y las penas son muy benignas, la reinserción social, para lo que históricamente se creó la pena de cárcel, no existe, los violadores al igual que los delincuentes en general, en la cárcel aprender a delinquir aún más.
Derivado de lo anterior, y en defensa de los DD. HH. de niñas, niños mujeres y hombres violados, pero especialmente los infantes, se debe revisar la legislación penal, aplicando penas más acordes a uno de los delitos más atroces que puede cometer una escoria humana, el delito de violación debe ser castigado más severamente en general, pero más aún cuando se trate de niñas o niños, para este tipo de delito no debe existir perdón alguno, y la pena debe ser tal, que ninguno de estos engendros vuelva a dañar otra vida.
Algunos se llevarán las manos a la cabeza al solicitar como pena de castración química, sin embargo, en países del primer mundo, si es que este existe, se encuentra tipificada esta pena, por ejemplo en Polonia, Rusia y Corea del Sur, en España no se encuentra legislada, pero si aceptada si el reo la solicita.
El día que aceptemos aplicar grandes remedios a grandes males, habremos avanzado en la defensa de las víctimas, y menos de los victimarios.