Luis Fernando Bermejo Quiñónez

@BermejoGt

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Lic. Luis Fernando Bermejo Quiñónez
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En su columna del 10 de octubre el columnista Danilo Parrinelo describió en forma muy buena el viacrucis que es formar un partido político en Guatemala. Él describió el proceso tardado y costoso de cumplir en dos años lo que Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) establece en su artículo 49 como requisitos para formar un partido políticos, es decir, tener un mínimo de afiliados que constituya el 0.30% del total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral (aproximadamente 25,000) y que el partido tenga organización política en 50 municipios distribuidos en 12 departamentos del país. En su artículo el Licenciado Parrinelo propugna que se elimine la necesidad de obtener el 5% de votos sobre el padrón electoral para permitir el crecimiento de los partidos políticos. Estoy de acuerdo en dicha propuesta.

La LEPP busca con los requisitos de constitución de partidos políticos que éstos se constituyan como “partidos de masas” al mandar que tengan una organización nacional. Lo anterior, para que éstos tengan un alto nivel de representación. No obstante, como ha analizado Jonathan Lemus en su artículo “Partidos franquicia”: la distorsión del modelo de organización de la Ley Electoral y de Partidos Políticos” los partidos políticos, en la práctica, se constituyen como “franquicias electorales” por la cual un “grupo” que quiere alcanzar la presidencia y escaños en el Congreso (que forma el Comité Ejecutivo Nacional (CEN)), sin interés en crear organizaciones duraderas y sin ideología, buscan líderes locales quienes se encargan de construir la organización local en el territorio que manda la LEPP, recibiendo a cambio una candidatura en forma “transaccional”.

¿Cómo se cambia esto? ¿Qué relación tiene con el requisito del obtener el 5% de votos sobre el padrón o una diputación para que un partido no sea cancelado? Me parece que la LEPP actual, si bien con el objetivo loable de que los partidos políticos tengan amplia representación y aceptación (por eso exige el 5% del voto), en realidad lo que hacen es impedir la participación electoral y, sobre todo, impedir que se formen partidos políticos duraderos a través del tiempo y que tengan una ideología definida. Esto beneficiando a los partidos políticos “grandes”, de los cuales cada vez hay menos. Los partidos políticos, como cualquier empresa o institución debe permitírsele crecer “orgánicamente” a través del tiempo. Particularmente en un partido político donde lo que se busca es convencer a la gente de ideales políticos, eso no ocurre fácilmente, y el plazo de dos años puede ser muy bajo para poder tener la masa crítica que se necesita para crecer un partido y obtener un 5% del voto del electorado o un escaño en el Congreso, sobre todo en nuestra realidad política. A manera de ejemplo, en las elecciones pasadas, en las elecciones presidenciales, participaron más de 20 partidos pero solamente la UNE (25.53%), Vamos (13.96%), Humanista (11.22%), MLP (10.37%), PAN-PODEMOS (6.08%), VIVA (5.90%) y WINAQ (5.22%) alcanzaron el 5%. Muchos partidos sobrevivieron sólo porque el sistema D´Hont les asignó un escaño. ¿Tendrá sentido el 5%?

Considero que para ampliar posibilidad que los partidos crezcan y se conviertan en instituciones políticas duraderas, deberían realizarse los siguientes cambios en la LEPP: i) Eliminar la necesidad de obtener el 5% de votos sobre el padrón electoral o una diputación para no ser cancelado, o por lo menos, que se dispense en el primer proceso eleccionario; ii) Si ocurriere el i), y como contrapartida, para evitar la fragmentación del Congreso debería establecerse un “umbral” de, posiblemente, un 2.5% o 3% mínimo para entrar al cálculo de asignación de escaños bajo el método D´Hont; iii) Reducir los requisitos de organización de los partidos en número de afiliados y en organización en el territorio; iv) Para “democratizar” los partidos y eliminar el incentivo a creación de “partidos franquicia” eliminar la potestad de los CEN de designar candidatos en los municipios sin organización territorial, consecuentemente, si el partido no tiene organización política en el distrito correspondiente no podrá postular candidatos. Considero que esto fomentaría que los partidos “necesariamente” inviertan en expandir su estructura a más distritos (lo que no ocurre ahora porque el CEN no tiene el incentivo) y hacer una labor más real de afiliar gente por convicción y no “mantener” el número “mínimo” de distritos requeridos por la ley como ocurre actualmente. También abriría la posibilidad para que los partidos “regionales” surjan y se vayan consolidando con el tiempo en otras partes del país.

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