Carlos Rolando Yax Medrano

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Carlos Rolando Yax Medrano

El 12 de octubre de 2019 debía concluir el mandato para el cual fueron electos los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones. Sin embargo, un año después el Congreso de la República sigue sin elegir a los sucesores correspondientes a la magistratura 2019-2024. Guatemala se encuentra en la mayor crisis institucional desde 1993, cuando el Presidente Jorge Serrano Elías pretendió disolver el Congreso, puesto que igual que en aquella ocasión, ahora se está vulnerando nuestro sistema republicano de gobierno.

El artículo 208 de la Constitución Política de la República establece que “los magistrados, cualquiera que sea su categoría, y los jueces de primera instancia, durarán en sus funciones cinco años […]”. La ley es clara, entonces ¿por qué los magistrados han permanecido casi seis años en sus funciones?

En el artículo 30 del Decreto Número 41-99, la antigua Ley de la Carrera Judicial, se establecía que “la calidad de juez o magistrado termina por cualquiera de las siguientes causas: a. Por finalización del período para el cual fue electo o nombrado […]”. Sin embargo, en el artículo 30 del Decreto Número 32-2016, la Ley de la Carrera Judicial vigente, entre las modificaciones que se le hicieron, se eliminó de las causas de la pérdida de calidad de juez o magistrado, la finalización del período para el cual fue electo o nombrado.

En el artículo 209 de la Constitución Política de la República se establece que “los jueces y magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley”. Puesto que en la ley ya no se contempla como causa de separación del cargo de jueces y magistrados, la finalización del período para el cual fueron electos o nombrados, legalmente existe una posibilidad para que desempeñen sus funciones por más de 5 años.

El artículo 71 de la Ley del Organismo Judicial establece que “ningún magistrado o juez, propietario o suplente en funciones y ningún funcionario del Organismo Judicial, dará su cargo aunque se le haya admitido la renuncia o cumplido el tiempo de su servicio hasta que se presente su sucesor”. Como el Congreso de la República ha postpuesto más de 15 veces la elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones, aún no hay sucesores y, en consecuencia, los actuales magistrados no pueden dejar el cargo a pesar de haber cumplido su tiempo de servicio establecido constitucionalmente.

Esto funciona así porque el acceso a la justicia es un derecho humano. Los ciudadanos tienen derecho a que, en caso de sufrir ataque en sus derechos por terceras personas, y en particular de actores más poderosos, la justicia sea administrada, en cada caso, por tribunales independientes, integrados por jueces capaces de aplicar la ley de forma imparcial. En otras palabras, si la cosa se pone fea, es preferible tener jueces y magistrados que excedan su tiempo en el cargo, que no tener jueces y magistrados. Y la cosa se puso fea en Guatemala hace mucho tiempo.

Ahora se está vulnerando el organismo judicial, uno de los tres poderes del Estado. Pero el problema, a pesar del enrollo jurídico, en realidad es político. El objetivo último es la elección de Magistrados de la Corte de Constitucionalidad del próximo año, para no tener más obstáculos en el camino. En la ley encuentran la justificación del despotismo. El combate a la corrupción es, ahora, más importante que nunca.

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