Se hizo en estos días una evaluación del ritmo de la actividad económica, especialmente relacionada con el tema de la industria, y obviamente hay una baja considerable, similar a la que ha ocurrido en todo el mundo, consecuencia de las medidas adoptadas para contener la propagación del virus causante del COVID-19. Pero como las oportunidades se tienen que aprovechar, no dejan de mencionar en la evaluación el “impacto” que tuvieron las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad frenando la actividad minera por la suspensión de las licencias de operación de algunas empresas dedicadas a la actividad extractiva.
Creemos que el análisis de situación respecto a esas industrias tiene que ser completo porque no se puede hablar de garantizar la certeza jurídica si previamente no hablamos de cómo es que se adquieren derechos en Guatemala. Uno de los puntos neurálgicos de la corrupción ha estado desde hace muchos años, en realidad desde los gobiernos militares de los años setenta, en el Ministerio de Energía y Minas, donde quienes tratan de llevar su trámite conforme a derecho se topan con uno y mil obstáculos que, sin embargo, desaparecen cuando el inversionista entiende la jugada y, como decimos en buen chapín, se ponen firmes.
En esas condiciones no hay estudios ambientales que sean necesarios, no digamos consultas comunitarias dignas de tal nombre porque todo se puede arreglar sabiendo qué piezas son las que hay que aceitar. Y la costumbre ha sido que una vez superados los obstáculos, mediante el pago del soborno correspondiente, se “adquiere el derecho” para operar sin que nadie pueda meterse a oponerse porque será tildado de estar afectando y ahuyentando la inversión extranjera y afectando la economía nacional.
La certeza jurídica tiene que tener su origen en derechos adquiridos en buena lid, cumpliendo a cabalidad las normas y requisitos que existen para la generación de esos derechos. Pero cuando el hecho generador del “derecho” es un acto de corrupción, es decir un delito y la violación de la ley, por supuesto que no se puede invocar tal clase de argumentos porque son insostenibles. Y la autoridad judicial, ante denuncia de cualquier interesado, tiene no solo el derecho sino la obligación ineludible de enmendar los procedimientos y suspender los derechos mal habidos.
La corrupción en Guatemala es el instrumento para obtener contratos, licencias y privilegios que puede dispensar el Estado, simplemente porque todo el aparato público se contaminó de tal forma que casi todo se puede “arreglar” con una mordida. Y con corrupción e impunidad, sueño de opio de algunos, el país no irá a ningún lado.