Julio García-Merlos G.

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Julio García-Merlos
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La virtud de la coherencia en la identidad del hombre implica un lazo de relación entre lo que se piensa, se dice y se hace. En la opinión pública guatemalteca parece que algunos adaptan las velas de su barco y se dejan llevar por el viento que favorece el momento.

La Corte de Constitucionalidad -CC- interrumpió en tres oportunidades el proceso de elección de magistrados a la Corte de Suprema de Justicia -CSJ- y Corte de Apelaciones -CA-. En la segunda ocasión, el 16 de septiembre de 2019, a menos de un mes de que venciese el plazo constitucional para que tomaran posesión de sus cargos los magistrados que resultaran electos, se otorgó un amparo provisional a la Fundación Myrna Mack y al magistrado Noé Ventura Loyo con los argumentos que el Consejo de la Carrera Judicial -CCJ- incumplió con la realización de evaluaciones y de que habían algunas irregularidades en el proceso de elección de los representantes de CA.

En ese momento fuimos varios los abogados que señalamos lo peligroso que se incumpliese el plazo constitucional para la elección nuevos magistrados, indicamos que se debía respetar el principio de la periodicidad en el ejercicio de la función pública, pilar del sistema republicano de gobierno. En la otra esquina, algunos colegas pretendieron minimizar este argumento, arguyendo que primaría lo que ellos consideraban un vicio material trascendental y que esto justificaba el incumplimiento del plazo. Algunos incluso trasladaban la discusión al plano político indicando que era mejor que la nueva legislatura eligiese a los magistrados, otros incluso proponían que se suspendiera la elección de cortes hasta que se realizara una reforma constitucional; un juego político que trastocó los cimientos del orden constitucional y ahora explica en gran medida la presente crisis.

Por si fuera poco, la CC en el pasado mes de febrero, otorgó un amparo que solicitó el Ministerio Público, el que recondujo el proceso de elección y lo retrasó aún más. Todo esto en una sentencia con notables deficiencias, entre otras, la determinación de un método de votación a viva voz de cada diputado del Congreso de la República para que se pronuncie sobre cada uno de los 296 candidatos a integrar estos órganos colegiados, un método disfuncional, engorroso y sobre todo, intrusivo en las funciones propias del Organismo Legislativo.

Los magistrados en funciones llevan nueve meses adicionales en el ejercicio del cargo y ahora en el Congreso de la República mediante el Acuerdo Legislativo 14-2020 decidió que se deben escoger primero los magistrados de Sala de Apelaciones y rechazaron una enmienda que pretendía determinar la exclusión de los candidatos señalados en el informe del MP. La CC, con sus parámetros irrazonables, dejó al amparo de la voluntad política, la realización de la elección con mediana celeridad. Mientras tanto, se acerca el vencimiento del período de esta magistratura de la CC y la CSJ debe a elegir a un magistrado titular y suplente antes que venza el plazo constitucional. Con esto, cada día que pasa se deteriora más la certeza jurídica.

Ahora resulta que se alzan voces con lujo de indignación y solicitan que se elijan los magistrados a la brevedad posible en aras del respeto a los plazos constitucionales. Vaya que constan en las redes sus escritos, tuits y pronunciamientos en los que ninguneaban este argumento. ¡Hombre, un poco de coherencia no vendría mal!
Aparte de la dosis de consistencia, ahora que estos paladines del Estado de Derecho emplean el argumento a su conveniencia, debiesen realizar una profunda reflexión sobre la importancia de defender principios y valores en un régimen constitucional republicano y dejar de considerarlos como meros formalismos ornamentales.

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