Cartas del Lector

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Rodolfo Rohrmoser Valdeavellano

El voto nulo siempre ha existido, pero no con los efectos jurídicos que ahora prescriben las disposiciones legales vigentes, éstas regulan ahora que si la suma de los votos nulos fuere mayor a la mitad más uno de los votos válidos, deberá repetirse la elección. Empero, no se hace distingo entre el voto nulo que no llena los requisitos formales y el voto nulo por voluntad expresa del votante. A mi juicio, debería hacerse para respetar la auténtica voluntad del votante y no sólo su descuido, error o ignorancia. En otras palabras, si yo no quiero entrar a ese restaurante es porque no me gusta el menú y por consiguiente, me quedaré en el restaurante que satisfaga mis deseos. Sin embargo, a mi criterio, existen dos lagunas legales que deben llenarse de alguna manera. Si se le da la importancia que debe tener el voto nulo y se desea que tenga los efectos jurídicos correspondientes, debería existir en la papeleta una casilla especial que me permita marcarla con una X en señal de mi deseo y auténtica voluntad. Y por otra parte, la ley no exige que se haga la nueva elección con nuevos candidatos, pues no tendría sentido repetirla con el mismo menú, ya que ello no respeta la auténtica voluntad del votante.

Como aún se está a tiempo de resolver las interrogantes que planteo, recomiendo la conveniencia de hacerlo para respetar integralmente la voluntad del derecho humano al voto del ciudadano.

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