En nuestra Guatemala de paradojas, la Corte Suprema de Justicia entendió tardíamente que los magistrados de la Corte de Constitucionalidad no pueden ser procesados por sus opiniones y rechazó por obviamente improcedente la solicitud de antejuicio que sin ningún fundamento jurídico había presentado el flamante Procurador General de la Nación en contra de los magistrados Gloria Porras, Bonerge Mejía y Francisco De Mata Vela.

Precisamente la CSJ hizo lo que debió hacer con el mamarracho de denuncia que promovieron los directivos de los mal llamados Dignatarios de la Nación, puesto que el mismo carácter espurio obligaba a que, también, fuera rechazada in límine, es decir sin siquiera entrar a conocerla. Le hubieran evitado al país un enredo judicial en el que se volvió a poner en entredicho el respeto al Estado de Derecho tan minado ya por el Pacto de Corruptos.

La diferencia de opiniones respecto a los fallos de la Corte de Constitucionalidad constituye precisamente opiniones y por lo tanto no son fundamento para ninguna denuncia penal porque resulta imposible probar que las resoluciones fueron dictadas con la intención de violentar la Constitución de la República. Son fallos producto del razonamiento de cada magistrado que se manifiestan en la opinión que sirve de fundamento y por lo tanto no se puede perseguir ni investigar a nadie por las opiniones que expresó a la hora de suscribir una resolución.

Está visto que ha avanzado mucho el trabajo para destruir la institucionalidad en el país y es penoso que juristas que conforman la Corte Suprema de Justicia se hayan prestado de manera tan consistente a colaborar con esas acciones contra el Estado de Derecho, pero tenemos que recordar que la conformación de nuestras Cortes es producto de una variante de la cooptación del Estado, puesto que no se hace mediante el financiamiento de ninguna campaña, sino mediante el manoseo de las Comisiones de Postulación para aplicar un filtro bastante fino a fin de que el régimen de impunidad en el país se mantenga.

La reforma constitucional del Sector Justicia sigue siendo una necesidad ineludible que se deberá plantear nuevamente si en realidad queremos que el país cambie puesto que, tal y como funciona el sistema, sabemos que las magistraturas no están al servicio de la ley sino colocadas allí para garantizar el régimen de impunidad.

Tras el último amparo provisional dictado por la Corte de Constitucionalidad en el proceso espurio contra tres de sus magistrados, la CSJ tuvo que asimilar los conceptos y por fortuna no se empecinaron en la ruta del mal.

Redacción La Hora

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