Cartas del Lector

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Wálter Juárez Estrada

En el Congreso, no están dadas las condiciones para que se declare que ha lugar a formación de causa, se despoje de su investidura a tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad, sindicados de varios delitos, fallos express para favorecer a ciertos sectores, según los interponentes de la Asociación de exconstituyentes, financiados por el Legislativo. Es peligroso” jugar con fuego”, poner en duda la independencia del órgano constitucional, creado para “defender y acatar la Carta Magna”. Sus fallos son cuestionados por unos y aplaudidos por otros,

El 14 de diciembre pasado, los accionantes promovieron en la Corte Suprema de Justicia, acciones contra los magistrados Juan Francisco De Mata Vela, Bonerge Mejía Orellana y Gloria Porras Escobar, al otorgar amparo y evitar la expulsión del país, ordenada por el Ejecutivo contra el exembajador sueco Anders Kompas, que en actos públicos y privados señalo que “todos los guatemaltecos son corruptos”. El Congreso debe elegir por balotaje la comisión pesquisidora, cumplir con arreglo a derecho, dar oportunidad a las partes para que se pronuncien, depurar el expediente, trasladarlo al pleno que con l05 votos, debe decir si procede a declarar que ha lugar a formación de causa contra los tres magistrados, cuestión difícil porque no todos están de acuerdo con el antejuicio.

En torno a las acciones contra De Mata Vela. Mejía Orellana y Porras Escobar, elegidos por la Usac, asamblea del Colegio de Abogados y el Congreso, la población está dividida. Los proclives al Ejecutivo, demandan despojar de su inmunidad a los tres togados. Otros los apoyan incondicionalmente, las manifestaciones en la capital y el interior, es el reflejo que no todos coinciden con los ex constituyentes. Debe tomarse en consideración que se está en el proceso electoral en marcha para elegir a las nuevas autoridades en junio, es peligroso que se atice esa controversia, porque pone en grave riesgo las elecciones generales.

Los diputados deben despojarse de cualquier simpatía política, actuar con consciencia y determinar si la acción es espuria o política; no tienen la investidura para juzgar culpabilidad o inocencia, facultad que compete a los jueces. Será el Ministerio Público, que en su momento, si se cursa a los órganos jurisdiccionales presente las pruebas contra los sindicados, que dentro del debido proceso, deben defenderse. Anticipadamente se asegura que la fiscal Porras, no accionara contra los magistrados, es su aliada, antes fue magistrada suplente del órgano constitucional.

Eruditos en materia constitucional coinciden en decir que el antejuicio abortara, que hay antecedentes en el caso de los ex magistrados Mynor Pinto y Guillermo Ruiz Wong, que se intentó enjuiciarlos y el proceso se descalabró porque no hay ley que regule que los jueces constitucionales pueden ser enjuiciados por sus desaciertos. Cuestión que nosotros no compartimos, porque deben dar ejemplo, que la Carta Magna es superior y están obligadas a respetarla, porque nadie es superior a la ley.

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