Luis Enrique Pérez

En nuestro país, algunos de los acontecimientos recientes más importantes, ansiosos de impredecibles consecuencias, son, primero, que la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, y el Ministerio Público, solicitaron el antejuicio del presidente Jimmy Morales; segundo, que la Corte Suprema de Justicia aceptó tal solicitud; y tercero, que el Congreso de la República conoció esa misma solicitud y constituyó la comisión, llamada “comisión pesquisidora”, que ha de investigar al presidente Morales.

La “Ley en Materia de Antejuicio” afirma que el origen del antejuicio es denunciar un presunto acto delictivo cometido por un “dignatario o funcionario público.” Ese acto puede ser denunciado por cualquier persona a quien “conste” que tal acto ha sido cometido. Presuntamente el presidente Morales cometió el delito de financiamiento ilícito del partido Frente de Convergencia Nacional, cuando era Secretario General de ese partido, del cual fue candidato presidencial ganador en el último proceso electoral. El Tribunal Supremo Electoral denunció ese presunto delito.

La ley manda que la comisión pesquisidora esté constituida por cinco diputados designados por sorteo. Las decisiones de esta comisión “se adoptarán por mayoría de votos”. La ley también manda que esa comisión, ya consumada su investigación, elabore un “informe circunstanciado”. En el caso que nos ocupa, el informe debe ser presentado al Congreso de la República, en un tiempo no mayor de cinco días hábiles. La comisión celebró ya su primera sesión.

La comisión no debe dictaminar que el funcionario público que es sujeto de la solicitud de antejuicio, es culpable o es inocente. Ese dictamen compete a los jueces. Solo debe investigar que ocurrieron o no ocurrieron los actos o los hechos denunciados; y si ocurrieron, declarar que son o no son de naturaleza tal que deban ser conocidos por un juez “del ramo penal”. Adicionalmente, debe investigar que las “razones” de solicitud de antejuicio del funcionario son o no son “espurias, políticas o ilegítimas en afán de involucrar a tal funcionario.”

Conocido el informe de la comisión pesquisidora, el Congreso de la República solo debe declarar “con lugar o sin lugar” el antejuicio; pero no debe dictaminar que el funcionario investigado es inocente o es culpable, ni debe tipificar el delito que presuntamente cometió. Ese dictamen y esa tipificación competen a los jueces.

El Congreso de la República, con el voto de por los menos dos terceras partes del número total de diputados, declarará “con lugar o sin lugar” el antejuicio del funcionario investigado. Si no hay por lo menos aquella proporción de votos, que equivale a 105 diputados, el “expediente se guardará en la Dirección Legislativa.”

Si el antejuicio es declarado “con lugar”, el funcionario debe someterse a la “justicia común”. Si es declarado “sin lugar”, evidentemente no habrá antejuicio, es decir, el funcionario no será sujeto de proceso judicial penal; y literalmente la ley afirma: “Si el antejuicio es declarado sin lugar causará estado y no integrará cosa juzgada.”

Hay por lo menos dos sucesos notables sobre la comisión pesquisidora. El primero es que dos diputados del partido Unión Nacional de la Esperanza son miembros de la comisión, y uno de ellos la preside. Son diputados del partido que propuso la candidatura presidencial de Sandra Torres Casanova, quien fue derrotada precisamente por Jimmy Morales, en las últimas elecciones. El segundo suceso es que ningún diputado del partido oficial es miembro de esa misma comisión. Ambos sucesos invitan a conjeturar que, probablemente, el partido de Torres Casanova (según su conveniencia política presente o futura) influirá en que el informe de la comisión beneficie o no beneficie al presidente Morales. Empero, aunque no lo beneficie, el Congreso de la República puede declarar “sin lugar” el antejuicio.

Post scriptum. Independientemente de que el presidente Morales haya o no haya cometido el delito del cual es acusado, algunos ciudadanos conjeturan, quizá con obligada sensatez, que hay un subyacente e infatigable intento de destituirlo, o de obligarlo a renunciar, para lograr maléficos propósitos políticos crecientemente evidentes.

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