Dr. Luis Fernando Cordón Morales
@lfercordon – buzonasprodecogt@gmail.com

El Impuesto al Valor Agregado es un impuesto general de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y en su concepción doméstica se exige con ocasión de las entregas de bienes y prestaciones de servicios; por lo que no grava a la persona sino que sus actos. Este se convierte en un tributo regresivo ya que recae principalmente sobre los ciudadanos que destinan la mayor parte de su ingreso a bienes de consumo para su supervivencia (menor capacidad contributiva) y no sobre los que realmente obtienen ingresos significativos (mayor capacidad contributiva).

En Guatemala este impuesto experimenta una baja recaudatoria debido al otorgamiento de beneficios fiscales (con resistencia política para ser revisados, discutidos y modificados); la desafortunada reforma tributaria del 2012; la pasividad y poca creatividad administrativa (para su control, verificación y fiscalización); y la facilidad de evasión por la persistente actividad económica informal (que actualmente representa el 70% de la población económicamente activa (PEA) del país y alimentada significativamente por productos de contrabando) pero también de las muy variadas actividades formales, entre ellas, el servicio de parqueo público.

La inseguridad desmedida que ha imperado en el país nutre la oportunidad de negocios rentables como empresas de seguridad privada, transporte de valores, alarmas, video monitoreo, blindaje, armas y municiones, entre otros. Esa falta de seguridad y la escasa disponibilidad de espacios públicos para parquear vehículos (regularmente tomada sin restricción alguna por “cuidadores” callejeros o residentes próximos), han condenado a los vecinos a la búsqueda de espacios medianamente confiables para resguardarlos, “los parqueos públicos”.

Las vivencias en dichas plazas van desde que te advierten de entrada no hacerse responsables por los daños ocasionados a tu vehículo (para nuestra continua intranquilidad), el deficiente o nulo servicio (solo recibes y regresas boleto), cobros desproporcionados (atendiendo a la contraprestación recibida), penalización por pérdida de comprobante (sin mediar contrato ni ley que lo ampare); además, no obstante estar incluido el Impuesto al Valor Agregado en el precio, no te entregan factura; por lo que se lo quedan, en perjuicio del ingreso estatal.

En días recientes que he visitado centros comerciales de la ciudad, y en diferentes horarios, experimenté que algunas máquinas validadoras no me extendieron las facturas correspondientes (tengo testigos y en uno de los casos fotografía del ticket), por lo que solicité la presencia de encargados, que tardaron en llegar, como buscando mi partida por desesperación (como podría pasar con otras personas). Ante mi reclamo, únicamente insertaron una llave a la máquina y automáticamente cayeron en el recipiente incontables facturas, en donde me entregaron una por el valor que cancelé y se llevaron las demás ¿Cuántas facturas no entregarán al mes o año? y ¿Qué pasará con esas facturas no entregadas? Si las empresas fueran cumplidoras tributarias reportarían el ingreso (ISR) y el impuesto documentado en ellas (IVA), trasladándoselo al fisco, de lo contrario, estarían en la posibilidad de anularlas y quedarse con el dinero y el impuesto (IVA) cancelado por quienes no se llevaron sus comprobantes, causándole un perjuicio a las finanzas del Estado.

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