Juan Antonio Mazariegos G.
La iniciativa de Ley 5074, número con el que se identifica el proyecto de Ley de Competencia y que se encuentra actualmente en el Congreso de la República para su discusión y aprobación, justifica en su exposición de motivos la necesidad de esta ley desde la perspectiva del interés privado de los empresarios, el interés colectivo de los consumidores, el interés propio del Estado y la necesidad de homologar nuestra legislación en el plano internacional.
En otro sentido, la misma iniciativa 5074 refiere que en su parte sustantiva, la ley contará con tres clases de prohibiciones, la primera referente a aquellos tipos de actos, conductas o prácticas que se den entre competidores y que tengan como propósito la formación de carteles o licitaciones colusorias, las segundas sobre los actos, conductas o prácticas que se den entre agentes no competidores y que busquen restringir la libre competencia y la tercera relativa al abuso de la posición de dominio que pueda tener un agente en el mercado con las implicaciones que esta situación puede traer para ese mismo mercado.
Sin duda, todos y cada uno de los actos, conductas o prácticas que se mencionan en los supuestos anteriores merecen contar con penas disuasorias para los mismos o que castiguen su ejecución, siempre y cuando exista racionalidad y objetividad en distinguir un acto, conducta o práctica competitivo de uno no competitivo y se entienda que en el país existen figuras como las Asociaciones, Gremiales, Cámaras u otras formas de organización empresarial que buscan el beneficio del sector al que pertenecen, buscando su desarrollo y no ventajas competitivas que puedan tipificarse como aquellas que activarían la ley que hoy se discute.
De igual manera, si de algo sabemos en Guatemala, es que la multiplicidad de regulaciones, sanciones o penas no garantiza que todos los transgresores se vean afectados, pues al fin y al cabo ¿Cómo puede determinarse en nuestro país quien participa realmente de ese mercado o como es el mercado que se pretende regular?
Ser empresario en Guatemala no es tarea sencilla, el mercado es muy distinto al que se suele estudiar en las aulas de las facultades de Economía o de Derecho y sin duda tiene una realidad muy diferente a la que viven países del primer mundo, consta de un mercado formal y uno informal, Guatemala vive dos realidades, la de las estadísticas y la del lado oscuro, la de todos aquellos que compiten en el mercado, pero no están interesados en leyes de competencia, en pago de impuestos, ni en contribuir a la economía del país.
La Ley de Competencia es un compromiso de Estado y debemos contar con ella, hacerla en función de promover la competencia, de manera racional, objetiva, con las salvedades necesarias a nuestra realidad y parte de un proyecto en donde de verdad el Estado vele por crear y mantener un mercado es indispensable.