Juan Antonio Mazariegos G.

Al momento de escribir estas líneas se han desarrollado cuatro días de audiencias de declaraciones de Estuardo González, alías Eco, dentro del denominado Caso “La Línea”. González, quien goza de la figura de Colaborador Eficaz dentro del proceso conoce ya la pena que enfrentará al momento de dictarse sentencia, luego de confesar su participación y acogerse a un acuerdo con la fiscalía que le permitirá ser condenado a cumplir una pena de prisión reducida a una tercera parte, a la obligación de restituir los frutos de los hechos delictivos por los cuales se declaró culpable y a declarar sobre la participación de los principales sindicados y cabecillas de la estructura criminal que son nada más y nada menos que el expresidente y la exvicepresidenta de la República, Otto Pérez y Roxana Baldetti.

La figura jurídica en base a la cual hoy declara Eco y que le ofrece los beneficios de la reducción de pena ya relacionados, tienen su sustento legal en la denominada Ley Contra el Crimen Organizado, Decreto 21-2006 del Congreso de la República y que fue aprobada en concordancia a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada, luego de que Guatemala suscribiera la misma en el año 2000.

La ley en mención determina en su Artículo 91 cuales son los ámbitos dentro de los cuales se espera que se desarrolle la colaboración eficaz del sujeto que disfruta de los beneficios de la figura y en su literal “c” prescribe “c) identificar a los autores o participes de un delito cometido o por cometerse; o a los jefes, cabecillas o directores de la organización”. Bajo esa premisa jurídica, se espera que Eco declare sobre el papel en la dirección y la participación de los cabecillas de la organización criminal, que ate con sus declaraciones las pruebas que ha presentado la fiscalía y que revele cómo los beneficios de la estructura llegaron hasta esos cabecillas.

El objetivo de la figura claramente es desarticular las organizaciones criminales y llegar hasta los autores intelectuales y principales beneficiarios de los hechos delictivos, al extremo que la medida de colaborador eficaz no aplica para los cabecillas de conformidad con la misma ley.

Las declaraciones de Eco, a las que pueden sumarse ahora las de Juan Carlos Monzón, quien pretende contar con estos mismos beneficios, son determinantes para probar la culpabilidad de los sindicados y la existencia de una estructura criminal. Si se logran probar esos extremos y se condena a los sindicados en base a pruebas se estarán dando los pasos correctos y concretos hacia un verdadero Estado de Derecho y a sentar los precedentes para que ya no volvamos a ser víctimas de una estructura criminal como esta.

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