Sergio Penagos Dardón

Ingeniero Químico USAC, docente, investigador y asesor pedagógico en el nivel universitario. Estudios de posgrado en Diseño y Evaluación de Proyectos y Educación con Orientación en Medio Ambiente; en la USAC. Liderazgo y Gestión Pública en la Escuela de Gobierno.

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Sergio Penagos

El proceso de elección de Fiscal General se ha iniciado, como era de esperarse, destapando los oscuros compromisos adquiridos por las universidades y el Colegio de Abogados y Notarios con los dueños del país. De acuerdo a lo que estipula la ley, la Comisión de Postulación debe ser integrada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, presidente del Colegio de Abogados, presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y los decanos de las facultades de Ciencias Jurídicas y Sociales de cada universidad de Guatemala. Esto está claro y no necesita explicación alguna. Una comisión de postulación es un tamiz o colador que selecciona a posibles candidatos para ocupar ese puesto. Por eso, su función se limita revisar la documentación que presentan quienes aspiran a integrar el sexteto que será presentado al presidente, para que elija a quien le parezca más afín. Del proceso de revisión de papelería y de la realización de pruebas, los aspirantes obtienen una puntuación que permite elaborar una gradación de acuerdo con los méritos de cada candidato. Hasta aquí todo claro y legal ¿Entonces a que le temen los cooptadores del Estado? Al parecer dudan que el tamiz no sea lo suficiente amplio para impedir el paso de sus serviles. Por supuesto que esto es una opinión personal, la cual está basada en la premura con que fue defenestrado un decano y una decana, que por cierto no han sido acusados de corruptos y ambos presentan una limpia trayectoria académica.

Adicional a esa extraña y apresurada estrategia defensiva, se ha promovido el ingreso a la comisión de postulación de personas con evidentes compromisos con sus patrocinadores. La Universidad Rural de Guatemala, a petición de su rector, nombró a la licenciada Lorena Flores Estrada como sustituta del licenciado Mario García Morales, quien solicitó una licencia para ausentarse de sus labores como decano, de manera que será la licenciada Flores Estrada quien participe en la comisión postuladora. Este nombramiento fue a petición del rector de la Universidad Rural de Guatemala, el diputado Fidel Reyes Lee, jefe del bloque Bienestar Nacional (BIEN). La nueva decana es asesora parlamentaria del doctor Reyes Lee. Por su parte, la Universidad del Istmo informó que el decano de su facultad de Ciencias Jurídicas y sociales, licenciado Alejandro Arenales Farné, ya fue juramentado por el Congreso de la República, para integrarse a la Comisión Postuladora, en lugar de la licenciada Jary Leticia Méndez Maddaleno, quien un día antes de la juramentación del licenciado Arenales Farné, era la decana de la facultad de derecho de dicha universidad.

En esta apresurada jugada política hay que reconocer que se respetó, la tan sobada y publicitada paridad de género: se dejó fuera de la comisión a una dama y un varón; pero fueron sustituidos por una dama y un varón, lo que reduce la posibilidad de crítica y señalamientos de preferencia por el sexo masculino. Como es bien sabido, la corrupción carece de preferencias sexuales, de tal manera que corruptas y corruptos compiten entre sí en este cooptado país.

Las Comisiones de Postulación, son medios o recursos institucionalizados, regulados y organizados por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto Legislativo No. 19-2009 o Ley de Comisiones de Postulación, la cual en su Primer Considerando dice: Que la Constitución Política de la República institucionalizó Comisiones de Postulación a efecto de limitar la discrecionalidad de los Organismos del Estado en cuanto al nombramiento subjetivo e inidóneo de determinadas autoridades públicas que ejercen acciones esenciales dentro de la actividad estatal y de relevancia para la consolidación del régimen de legalidad, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la democracia participativa y representativa, por lo que siendo el Congreso de la República el legítimo representante del pueblo, tiene la obligación de establecer normas para publicitar y hacer efectivos los actos constitucionales, con estricto apego a los principios enunciados en la Constitución Política de la República.

El Segundo Considerando dice: Que es necesario desarrollar la normativa constitucional para fortalecer y consolidar al Estado y el proceso democrático de Guatemala; para ello debe garantizarse la designación de autoridades públicas idóneas, con la suficiente experiencia para cumplir los mandatos constitucionales, mediante procesos públicos y objetivos, con eficiencia, eficacia, probidad, representatividad y que tengan como base mecanismos y herramientas efectivas para su designación, a efecto que el ordenamiento jurídico garantice eficazmente la tutela de los derechos fundamentales y el patrimonio de los guatemaltecos. Pero: del dicho al hecho hay mucho trecho.

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