Samuel Flores

Periodista, fotógrafo y catedrático universitario, interesado en la recuperación de la memoria histórica del periodismo en Guatemala. Comprometido con la formación académica de la juventud mediante la investigación, verdad y justicia. Opositor a la corrupción, despilfarro y excesos cometidos por los gobernantes y funcionarios que se han enriquecido a base de la pobreza extrema de la población principalmente en el área rural.

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Samuel Flores

Más de 300 ONG de Desarrollo, fundaciones y asociaciones, temen ser disueltas y canceladas –algunas– por incumplir los requisitos de la controvertida Ley de ONG (decreto 04-2020). La mayoría de organizaciones afirman que esa persecución es respuesta del Ejecutivo y Legislativo porque emiten información que al presidente, Congreso, Organismo Judicial, Corte de Constitucionalidad, le son incómodas cuando abordan temas como la falta de transparencia y corrupción.

De esa cuenta, realizarán una serie de acciones que cuentan con el respaldo del diputado Aldo Dávila, y otros congresistas, ya que califican esa ley como inconstitucional, pues la organización social aporta con acciones de desarrollo económico-social de beneficio para la población en las áreas de salud, agricultura, fiscalización social, educación, atención a la población en situación de desnutrición, formación/capacitación ciudadana, desarrollo de emprendimientos económicos, entre otros. Ante ese panorama, el Colectivo por el Derecho a la Libertad de Asociación y Participación impulsará acciones para que se expulse el Decreto 4-2020 del ordenamiento jurídico guatemalteco.

El pasado 2 de febrero 2022, se cumplió el plazo para que las ONG actualicen su información en el Registro de las Personas Jurídicas, (REPEJU), adscrito al Ministerio de Gobernación, Mingob. Entre los datos que deben actualizar están: denominación, datos registrales, correo electrónico, lugar de inscripción, número de teléfono, CUI/DPI del representante legal, pasaporte vigente, datos de la Junta Directiva, plazo de inicio y finalización del cargo, firma del representante legal, y otros trámites engorrosos.

Datos y constancia de la cuenta bancaria de depósitos, copia del recibo de agua, energía eléctrica, IUSI. Ante la entrada en vigencia del decreto referido, el Colectivo y otras Organizaciones No Gubernamentales, fundaciones y asociaciones inician una serie de protestas para demandar a la Corte de Constitucionalidad, CC, declarar la inconstitucionalidad del decreto 4-2020, que atenta contra la organización social.

El principal argumento empleado por el Ejecutivo y Legislativo, –integrantes del “pacto de corruptos”– para aprobar las reformas, fue transparentar el uso de los fondos de las ONG, lo que carece de fundamento, ya que las mismas tienen como principio fundamental la transparencia y la rendición de cuentas, a través del cumplimiento de las leyes que las rigen, las auditorías de los proyectos, la auditoría institucional anual, evaluaciones intermedias y finales, y sobre todo ante los beneficiarios de los proyectos.

El objetivo de “fondo” que persigue el Ejecutivo es el de “vedar” el derecho a la libre expresión y organización. Además, ejercer control político sobre ellas, incluyendo la potestad de cancelarlas. Buscan “callar las voces” de las organizaciones sociales, que han exigido que el Estado garantice los derechos humanos tanto individuales como colectivos, que se fortalezca el Estado para que responda al bien común. Igualmente, por defender la tierra y el territorio, proponer modelos económicos alternativos de desarrollo, de avanzar a una democracia donde prevalezca la igualdad.

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