Roberto Blum
Quienes en 1776 redactaron la declaración de independencia de las trece colonias inglesas, individuos criados en el ambiente cultural de la llamada “Ilustración europea”, consideraron «como verdades evidentes por sí mismas que todos los hombres son creados iguales, que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.»
Debe resaltarse que hayan incluido en ese breve compendio dogmático de la declaración de independencia el derecho a la búsqueda de la felicidad, un concepto que sin duda refleja una visión profundamente humana de la política y la sociedad. Aunque es cierto que el término «felicidad» puede interpretarse de diversas maneras, en ese particular contexto se refería al derecho de cada individuo a buscar una vida plena de sentido y satisfactoria de acuerdo con las propias aspiraciones y valores. La inclusión de este derecho subrayaba la necesidad de respetar la diversidad de vías y virtudes hacia el florecimiento personal y el logro de su propio bienestar, quizás reflejando el pensamiento clásico de Aristóteles sobre la eudemonía.
El humanismo fue una característica que definió la cultura occidental a partir del Renacimiento en el siglo XV, enfatizando la capacidad de las personas para tomar decisiones autónomas, libres y responsables sobre su propia vida. Reconocer como derecho personal la búsqueda de la felicidad es una señal evidente del respeto a la autonomía de los individuos, permitiéndole a cada persona definir lo que considera valioso y significativo para ella. En vez de imponer una visión particular de la felicidad, este derecho reconoce que cada persona tiene sus propias metas y sueños, que deben ser respetados siempre por el Estado, las comunidades y los demás hombres y mujeres con los que se convive.
Asimismo, esa visión ilustrada de los fundadores de la República estadounidense reconocía la diversidad de las personas que habitaban las ciudades, pueblos y campos de las diferentes colonias. Si bien es cierto que la cultura prevaleciente en el siglo XVIII del “Occidente protestante” consideraba principalmente a los individuos del género masculino, las semillas para ampliar la consideración moral a las mujeres y a los individuos de otras razas ya existían en nuestra cultura. Así, la visión liberal actual reconoce y celebra la diversidad de experiencias, creencias y valores entre los seres humanos. El derecho a la búsqueda de la felicidad refleja este principio al no imponer una única definición de lo que constituye la felicidad en sí. En cambio, reconoce que la felicidad puede tener diferentes significados para las diferentes personas, culturas y épocas, respetando la riqueza de la pluralidad humana.
Declarar la búsqueda de la felicidad como un derecho inalienable de toda persona enfatiza y afianza en la ley el desarrollo personal y el crecimiento individual como aspectos esenciales de la vida humana. El derecho a la búsqueda de la felicidad fomenta este enfoque al permitir que las personas exploren todas sus capacidades, intereses y pasiones. Esto no solo conduce al bienestar personal, sino también contribuye al florecimiento y el desarrollo de la sociedad en general. Tales sociedades tenderán a ser respetuosas y tolerantes con todo tipo de manifestaciones humanas que no obstaculicen o impidan el desarrollo de las demás personas.
Siendo consistente, la búsqueda de la felicidad personal necesariamente requiere el reconocimiento de la igualdad de todos los individuos humanos frente a la ley independientemente de su origen, género, orientación sexual, religión u otras características personales. El derecho a la búsqueda de la felicidad se alinea con esta idea, al garantizar que todas las personas tengan la oportunidad de perseguir sus objetivos y aspiraciones en igualdad de condiciones. Esto promueve un entorno donde las oportunidades y la justicia no estén restringidas arbitrariamente.
Así podemos afirmar que haber reconocido en 1776 el derecho a la búsqueda de la felicidad fue profundamente revolucionario, porque se basa en la creencia de la capacidad y la dignidad inherentes a cada individuo. Al reconocer la autonomía, la diversidad y el bienestar de las personas, este derecho refleja los valores centrales de las aspiraciones humanas y promueve sociedades que valoran y respetan la rica complejidad de la experiencia humana individual.