Ramón Cadena
Primero fue en contra del Fiscal Francisco Sandoval. Ahora, las baterías se dirigieron a castigar a las abogadas de la otrora Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI). Lo que no se dan cuenta quienes han llevado a la práctica estos ataques, es que el Estado de Guatemala, será el afectado. De conformidad con el Derecho Internacional, el Estado de Guatemala debería luchar por todos los medios a su alcance, para terminar con ese cáncer llamado impunidad. Hacer lo contrario, es decir, tomar medidas para que reaparezca campante este fantasma, que en realidad nunca se ha apartó de la justicia guatemalteca, es lo mismo que cometer fraude a la justicia. Y más bien temprano que tarde, lo habremos de lamentar.
Ya sea porque el Consejo de Derechos Humanos lo recrimine; o porque la Comisión Interamericana de Derechos Humanos lo repudie; o porque el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas lo critique; o porque el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas lo afirme. El punto es que otros vientos soplarán sobre nuestro territorio; éstos se llevarán muchos pájaros dormidos en su escudo y arrastrarán esa enfermedad hasta su desaparición total. Lamentablemente, para entonces, se habrá detenido arbitrariamente a muchas personas. Hoy les ha tocado a las abogadas de la extinta FECI. Leyli y Xiomara ya salieron bajo medida sustitutiva. Faltan Alliss, Paola y Lilian Virginia. El Presidente del Comité de Derechos Humanos de la Federación Interamericana de Abogados (FIA), certificó que Aliss Noemí Morán Mejía es una profesional que ha servido a la justicia. Esperemos que lo mismo suceda con el resto de abogadas. Hoy se va a conocer y analizar la posibilidad de otorgarle medida sustitutiva a Lilian Virginia Laparra Rivas; es por ello, muy necesario que le demos argumentos a la justicia, para que se haga justicia.
Son dos y sólo dos, los aspectos que pueden orientar la sana crítica de un Juez para ordenar la prisión preventiva de una persona: el peligro de fuga y la posibilidad de que pueda, si recupera su libertad condicionada, constituirse en un obstáculo a la búsqueda de la justicia. En el caso de Lilian Virginia Laparra Rivas ninguna de las dos se aplica. Es una abogada cabal, buena abogada, ética y con principios sólidos, cuyo único delito fue defender el Estado de Derecho, tal y como lo manda el artículo 13 del Código de Ética Profesional que rige la conducta de abogadas y abogados. Dicho artículo considera que, como defensor o defensora de la justicia, la o el abogado está obligado a defender el estado de derecho y el respeto a los derechos humanos. Además, según dicho artículo, la o el abogado estará en contra de cualquier arbitrariedad que se cometa o se pretenda cometer. La Fiscal contra la Impunidad Laparra Rivas, lo único que hizo y que hizo bien, muy bien, fue luchar en contra de esa enfermedad que está matando rápidamente a la justicia.
Por favor, escúchenlo países que conforman el Consejo de Derechos Humanos; expertos que integran el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas; expertos que integran el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias y comisionados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. No se vale que primero se llame insistentemente a abogadas y abogados a participar en la lucha contra la impunidad; que después abogadas valientes tomen la decisión de participar para llevar adelante esa difícil y peligrosa tarea de luchar en contra de ese enemigo común que provoca la falta de castigo; para que, finalmente, se les deje solas, detenidas arbitrariamente. Ahora es cuando debemos apoyarlas. Mañana será tarde. Ya no tendrá sentido. Ni para Lilian Virginia, ni para las otras cuatro abogadas, ni para Guatemala y sus habitantes.
Luchar en contra de la impunidad es tarea de todos y todas. Es un mal que nos afecta a guatemaltecos y guatemaltecas. A no guatemaltecos y no guatemaltecas, incluida la Comunidad Internacional. Y si no, vean la lucha extrema que ha librado la humanidad entera en contra de dicho fenómeno, desde la Segunda Guerra Mundial hasta el Estatuto de Roma; la lucha que dicha humanidad sigue dando para que aquellas personas que han violado gravemente los derechos humanos, sean procesadas y castigadas. Tantos principios que ha creado la razón humana por medio del Derecho Internacional, para lograr que la lucha contra la impunidad sea eficiente y tenga resultados palpables; tantas declaraciones en contra de la impunidad, que la Comunidad Internacional ha promovido y aprobado y que la abogada Lilian Virginia Laparra Rivas alzó exitosamente como sus banderas de trabajo.
La abogacía es una profesión delicada. Por ello es que la misma Organización de las Naciones Unidas, ha aprobado los Principios Básicos sobre la Función de [las] los Abogados. Para que la asistencia jurídica sea eficaz, debe ser desempeñada de manera independiente. Y para que abogadas y abogados desempeñen sus funciones profesionales de un modo independiente, es necesario que los Estados las y los proteja de la interferencia ilícita en su trabajo.
Dicha interferencia puede consistir en imponer el castigo de la prisión arbitraria, proferir amenazas o cualquier otra forma de violencia física. En otras palabras, es la que sufre actualmente la abogada Laparra Rivas. Según dichos principios, el Estado de Guatemala, en su conjunto, debe garantizarle a la abogada Laparra Rivas que pueda desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; que no sufra ni esté expuesta a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que haya adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión.
Estoy convencido que la abogada Laparra Rivas es inocente, ya que es una abogada recta y honesta. Además, sé que ella cree en la Justicia. Y como dijo el gran jurista italiano Piero Calamandrei en su obra Elogio de los Jueces, “Para encontrar la justicia es necesario serle fiel. Como todas las divinidades, se manifiesta solamente a quien cree en ella.” La abogada Laparra Rivas merece que se haga justicia en su caso. Que enfrente un juicio justo con libertad condicionada. No merece la prisión preventiva, que lo único que logra es poner en riesgo su vida. Merece entonces una medida sustitutiva.
No hay peligro de fuga, ni posibilidad de obstaculizar la justicia. Por cualquier lado que se vea o se analice su caso y su perfil, no se da ninguno de los dos supuestos legales, como para denegar la medida sustitutiva. El hecho de que ella haya interpuesto recursos de amparo o señalado actividades procesales defectuosas, no es un factor que pueda o deba incidir en la sana crítica del Juez que conoce el asunto, para tomar una decisión sobre la medida sustitutiva que solicita la abogada Laparra Rivas.
Sus acciones profesionales se han ajustado siempre al Código de Ética que rige los actos de abogados y abogadas. Ha cumplido con defender el honor profesional (artículo 16 de dicho Código); ha actuado con honradez y buena fe (artículo 18); ha cumplido con abstenerse del abuso de medios de impugnación y de toda gestión puramente dilatoria que entorpezca el normal desarrollo del procedimiento penal (artículo 19); además, está muy consciente que dicho vicio afecta el prestigio de la profesión y el concepto de la justicia (artículo 19); finalmente, siempre se ha comportado con respeto y solidaridad (artículo 24 del Código de Ética profesional).
Como he dicho anteriormente, ella es fiel a la justicia. Y sabe que los jueces deben resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas o conflictos de interés. Sabe muy bien que las decisiones judiciales sólo pueden ser cuestionadas por medio de los recursos legales permitidos en las leyes procesales y que ese es un derecho que le asiste. Finalmente, cree de buena fe que presentarlos es un medio de defensa y de ninguna manera, un medio para poner obstáculos al normal desenvolvimiento de la justicia.
Es importante hacer ver el vínculo que existe entre el derecho a un recurso y una investigación de agentes que luchan contra la corrupción e impunidad. Porque el derecho a un recurso no puede garantizarse eficazmente, si las autoridades del Estado no investigan seriamente las violaciones de derechos humanos, sesgan deliberadamente las investigaciones u ocultan los hechos. La investigación y el derecho a conocer la verdad sobre casos relativos a la lucha contra la impunidad y corrupción, son elementos fundamentales del derecho a interponer un recurso. Así lo han reconocido la práctica y la jurisprudencia internacionales y han desarrollado diferentes criterios a partir de ese concepto, para evaluar la eficacia de una investigación.
Como lo ha señalado amplia y reiteradamente la jurisprudencia internacional, el uso ilegítimo de formas y mecanismos legales para eludir la justicia y obtener impunidad, constituye una forma caracterizada de fraude a la administración de justicia, lo cual constituye un atentado contra la independencia judicial y afecta el orden democrático. Llevar a juicio a la abogada Lilian Virginia Laparra Rivas, por haber llevado una lucha frontal contra la impunidad desde una institución del Estado como lo es el Ministerio Público, conlleva una amenaza que afecta seriamente la justicia y la independencia de la abogacía y constituye una forma de fraude a la administración de justicia.
Las gárgaras de higo y miel alivian el dolor de garganta, pero no curan la infección que tiene el cuerpo. Igualmente, las gárgaras de sal y ética, alivian el dolor colectivo que produce el fraude a la administración de justicia, pero no curan la infección que tiene la democracia. Más bien se necesita una buena dosis de independencia judicial, de independencia de abogados, abogadas y fiscales. Y la abogada Laparra Rivas y sus compañeras abogadas de la extinta FECI, representan para orgullo del pueblo de Guatemala, esa independencia. Es una pena grande que el precio que están pagando por ello, sea tan alto. La cárcel es el peor castigo que una persona puede sufrir. Peor aún, si como en el caso de la abogada Lilian Virginia Laparra Rivas, pone en grave riesgo su vida.