Pablo Velásquez*
(Pabloski Vlad)
Al hablar sobre democracia (principalmente una saludable y benigna), es común pensar en un gobierno en el cual los poderes están divididos. La división de los poderes es tomada como un principio de la democracia, una roca base sobre la cual se edifica. Sin esta piedra, no hay democracia. Y si bien esto es cierto, un emprendimiento así de simplista puede llegar a anular su significado teleológico (su “sentido”). Por ello, lo que debemos cuestionarnos primero que nada es el sentido de este principio.
La democracia es un tipo de gobierno, en el cual el poder proviene del pueblo. Esto se manifiesta a través de la participación ciudadana (ejercicio de cargos públicos, votaciones y capacidad de la participación en la política). Esto en sí no quiere decir que los poderes deban de estar separados y podría incluir cosas que no consideraríamos como “democráticas”, como por ejemplo, la coronación de Napoleón como Emperador de los franceses (pues ocurrió tras un plebiscito y la aprobación del Senado).
La división de los poderes es entonces un principio, no de la democracia en sí, sino junto a la democracia, y es la base, no por ser parte de ella, sino por formar lo que el Estado va a ser y es. Es esta característica formadora la que nos importa en este momento, pues esto la faculta para actuar en el presente también.
Habiendo definido lo que este principio puede hacer, nos debemos de preguntar su función teleológica o, dicho de otra forma, su razón de ser. Este principio formador democrático parte de una idea propagada por el Barón de Montesquieu en su escrito “El espíritu de las leyes”, en el cual explica cuál es la naturaleza del hombre, el querer tener siempre más poder. Es por esta ansia de poder humano que el Barón propone el principio de la separación de los poderes; para así poder reducir el poder de cada servidor público, haciendo único soberano al pueblo. Él lo divide en 3 grandes ramas, los conocidos poderes: legislativo, ejecutivo y judicativo. Esto, sin embargo, es una división basada en sus funciones, y no es una regla irrompible obligando a tener solo una rama en los poderes.
Son muchas las naciones que trascendieron de esta división simple y redujeron más el poder de sus funcionarios. Un ejemplo de esto es como se trata al Legislativo. En los Estados Unidos existe una Cámara Alta (Senado) y una Cámara Baja (Casa de Representantes). Cada una con sus propias reglas y atribuciones. Esto se conoce como bicameralidad y existe en países como Alemania, España, Argentina, Brasil, México, entre otros.
Debemos de aplicar este principio de reducción de los poderes en Guatemala también, pues al reducir el poder de cada funcionario, podemos tener una resistencia mayor a la corrupción. Si hay más funcionarios y estos tienen poder, se tendrá que corromper a más personas y el efecto de esa corrupción será menor (pues sus efectos son de menor escala). No es una solución absoluta, pero ayudará definitivamente a Guatemala a tener un gobierno más difícil de corromper, así como instituciones más fuertes y democráticas.
No debemos de tenerle miedo al cambio, es más, debemos de aceptarlo, pues solo a través del cambio se pueden lograr nuevas cosas. Y tampoco tenemos que restringirnos a ver solo nuestra nación o nuestra región, sino que hemos de abrir nuestros ojos a lo que hay más allá, incluso de este continente. Todo sea por el bienestar de nuestras hermanas y hermanos.
*Estudiante de derecho, historiador aficionado y amante de la filosofía