Juan Antonio Mazariegos

jamazar@alegalis.com

Abogado y Notario por la Universidad Rafael Landívar, posee una Maestría en Administración de Empresas (MBA) por la Pontificia Universidad Católica de Chile y un Postgrado en Derecho Penal por la Universidad del Istmo. Ha sido profesor universitario de la Facultad de Derecho de la Universidad Rafael Landívar en donde ha impartido los cursos de Derecho Procesal Civil y Laboratorio de Derecho Procesal Civil. Ha sido y es fundador, accionista, directo y/o representante de diversas empresas mercantiles, así como Mandatario de diversas compañías nacionales y extranjeras. Es Fundador de la firma de Abogados Alegalis, con oficinas en Guatemala y Hong Kong, columnista del Diario La Hora y Maratonista.

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Juan Antonio Mazariegos G.

Estamos muy acostumbrados por las películas y la literatura, a generar un halo de triunfalismo o éxito, alrededor de empresarios, comerciantes o grandes industriales que han levantado empresas o negocios que perduran a lo largo de los años y que inspiran a miles de personas a convertirse en “emprendedores”, palabra que a ciencia cierta, no es más que el nuevo término o vocablo para identificar, a quienes se les llamaba empresarios en el pasado. Detrás de cada historia de éxito, existen miles de personas que no lograron cumplir sus metas y se quedaron en el camino, convirtiendo a sus empresas en sitios de autocontratación, o languideciendo por años sin posibilidades de llegar a otro nivel, y eso, cuando llegaron a ser parte de ese 30% de la población económicamente activa de nuestro país que se encuentra formalizada.

No conozco la historia de ningún empresario que no haya estado asociada a algún tipo de riesgo, de mercado, de producción, financiero, o de cualquier otra índole, el empresario que sigue las leyes y las reglas que existen en cualquier país, debe arriesgarse para poder triunfar y es muy probable que pueda fracasar. Nuestro sistema financiero y sobre todo las personas, necesitan que exista vigencia y continuidad, tener la oportunidad de contar con la posibilidad de reestructurar, un plan que no avanzo, un financiamiento cuyos intereses no pudieron ser cubiertos o simplemente la sumatoria de una serie de factores que hacen imposible continuar y que si no existe un mecanismo que permita ordenar, pagar y seguir adelante, puede significar el final del camino para muchas personas. De igual manera, las personas que confiaron en el empresario que se encuentra en una posición de insolvencia, que arriesgaron sus bienes, su capital en la empresa del fallido, tienen el derecho a cobrarse y a buscar que exista un orden, más allá de la prelación que otorguen las garantías que posean, para buscar resarcirse.

En síntesis, un sistema financiero necesita de una ley de organización de pagos o de insolvencia, y precisamente, el Congreso de la República, el pasado 8 de febrero aprobó la denominada Ley de Insolvencia. La misma, es novedosa, en cuanto a que crea un Registro de Procesos y Administradores Concursales, adscrito al Ministerio de Economía, busca impulsar un Plan de Reorganización en el Insolvente, la creación de Juzgados exclusivos para la materia y dice promover, como primera opción, la continuidad del negocio en marcha, entiendo que con el propósito de garantizar el menor daño posible a terceros como trabajadores, proveedores y clientes que no tuvieron responsabilidad en las acciones que pudieron haber llevado a la empresa a la insolvencia.

No sé si vaya a funcionar, desde ya, el último artículo del proyecto aprobado por el Congreso, indica que la ley entrará en vigencia 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial, y desde ya le pone el gran reto al Ministerio de Economía y al Organismo Judicial de crear el Registro y los Tribunales especializados, se me antoja poco probable que se cumpla. Lo relevante es que la ley exista, un procedimiento y los órganos adecuados cumpliendo a cabalidad sus funciones pueden significar una oportunidad más para alguien.La ley de insolvencia

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