Gladys Monterroso

licgla@yahoo.es

Abogada y Notaria, Magister en Ciencias Económicas, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Diploma otorgado por la Corte de Constitucionalidad en 2005, como una de las Ocho Abogadas Distinguidas en Guatemala, única vez que se dio ese reconocimiento, conferencista invitada en varias universidades de Estados Unidos. Publicación de 8 ediciones del libro Fundamentos Financieros, y 7 del libro Fundamentos Tributarios. Catedrática durante tres años en la Maestría de Derecho Tributario y Asesora de Tesis en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

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Gladys Monterroso

“La ley es el lecho por donde pasa el torrente de los hechos”. Émile Boutroux

Existe una propuesta para modificar la Ley de Comisiones de Postulación, cuyo objetivo es dotar de cierta legitimidad las diferentes elecciones de funcionarios públicos, a las que por mandato constitucional debe aplicarse este sistema de elección, para ello, es necesario primero, recordar el motivo por el que, en la única reforma de la presente Constitución se creó esta figura, desarrollada después en la norma ordinaria.

La reforma constitucional nace con un pecado original, y este es que, incluye a la academia dentro de las comisiones, situación que, fue aprovechada por los comerciantes de los cargos públicos, para crear métodos con el objetivo de cooptar las diferentes instituciones, a las que se aplica esta ley, derivado del problema que nos aqueja, y que provocó varios procesos penales, y otros que están por continuarse, se hace más que necesario modificar la ley, que adolece a mi criterio, y como parte de su creación en el año 2009, de varios pasajes que faltó desarrollar, y que en el proyecto de reforma a la ley han sido propuestos, algunos en forma aceptable, otros muy bien, y los últimos, es necesario a mi criterio, parafraseando a Nineth Montenegro, dotarlos de uñas y dientes.

Veamos, una de las debilidades de la ley, fue no haber establecido un modelo y parámetros para determinar el contenido de las tablas de gradación, por lo que las diferentes comisiones las han manipulado con el objetivo de favorecer a algunos personajes, o, pecando de una ingenuidad excesiva, han actuado con demasiada flexibilidad, si fuera diputada, que no lo soy, pero si una ciudadana ávida de que el sistema en algún momento funcione, mi posición, después de haber visto y vivido como lo he hecho, es que la docencia universitaria debe salir de las calificaciones de todas las comisiones, está decisión daría como resultado que en la docencia se privilegiara nuevamente la academia, porque hoy, y dado como se encuentra el “mercado”, cualquiera es catedrático, con el único propósito de acumular puntos para que sumen al presentar el expediente en las comisiones, por lo que la docencia, en la ley debería ser excluida expresamente.

El aspecto que sí es fundamental es la realización de un examen práctico (O técnico) de 40 puntos como mínimo, con el objetivo que el profesional pruebe que cuenta con los conocimientos suficientes para, por ejemplo, optar a Magistrado de Sala de Apelaciones en el ramo Civil, y no que vaya a aprender con los casos que conocerá, en el mismo contexto, la experiencia debería tener un mínimo de puntuación en la ley de 35 puntos, sin diferenciar el área publica o la privada, porque la misma experiencia a acumulado un profesional que se encuentre resolviendo casos desde un escritorio, como quien desde el litigio sabe lo mismo, créanme que la calle es la mejor Universidad, en relación a los méritos académicos, como maestrías y doctorados, derivado de la compraventa descarada que se ha dado en relación a los mismos, debería contar con un punteo máximo de 10 puntos, y otras actividades como ofrecer conferencias, escribir libros y artículos máximo 10 puntos, dejando la proyección humana con un valor de 5 puntos, esa es mi posición.

¿Por qué se debe establecer en la ley los rubros y parámetros a calificar? Para evitar esa manipulación que hemos observado que realizan los comisionados para favorecer a determinadas piezas (Así venden a los profesionales) y las luchas de poder que se escenifican al establecer la tabla de gradación, desafortunadamente se ha demostrado por más de veinticinco años, que tiene de haber sido modificada la Constitución, que los “profesionales” no han sabido valorar el privilegio que los Constituyentes les otorgaron.

Una propuesta plausible del actual proyecto es la fiscalización de los fondos que se utilicen para las “campañas” de las organizaciones que participan para ser parte de las Comisiones, las que han perdido hasta el momento su principal esencia, ¿De dónde viene el dinero? Como se encuentra la ley en este momento, cualquiera ha financiado las campañas, y el dinero puede venir de cualquier parte.

Existen otros elementos de mucha importancia que se deben mejorar en la ley, tanto que, se hace necesario continuar con el debate, porque de esta ley depende, principiar a reconstruir hoy por hoy, un sistema por demás fallido.

Quien no evoluciona, tiene el peligro de morir dentro de su propio pozo.

licgla@yahoo.es

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