Edgar Ortíz
Sin duda uno de los eventos más importantes del 2022 es la designación del próximo fiscal general y jefe del Ministerio Público (MP). La Constitución, desde la reforma de 1993, prevé que la designación la haga el presidente de la República a partir de una nómina de seis nombres que le remite una Comisión de Postulación.
Esta comisión de postulación está conformada por los decanos de las facultades de derecho en el país (en este caso 12), el presidente del Tribunal de Honor y el Presidente de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y el presidente de la Corte Suprema de Justicia.
La comisión ya se encuentra en labores y ya ha trazado su cronograma de trabajo. Mañana, martes, aprobarán el formulario de solicitud para los interesados y del 11 al 21 de febrero estará abierta la recepción de expedientes. Después de un periodo de depuración de papelería, del 7 al 10 de marzo la comisión deberá determinar qué aspirantes reúnen los requisitos para optar al cargo.
Acto seguido publicará la lista de los aspirantes en el Diario Oficial y se abrirá un periodo para que quienes conozcan de algún impedimento puedan hacerlo saber a la comisión de postulación. Se prevé un periodo para que los interesados que sean señalados ofrezcan sus pruebas de descargo.
Luego, a comienzos de abril comienza la fase más complicada. La comisión de postulación debe entrevistar a los aspirantes y ponderar y definir una nota que va de 0 a 100 de acuerdo con los parámetros que prevé la Ley de Comisiones de Postulación y los requisitos que la comisión establezca.
Es importante que la ciudadanía fiscalice el proceso. Pero no debemos perder de vista que es difícil alcanzar buenos resultados cuando los procesos no son los óptimos. Algunos ponen mucho énfasis en el peligro que existe por parte de fuerzas oscuras que pretendan influir en el proceso. Y sin duda que será el caso.
Pero a diferencia de otras comisiones de postulación, en esta ocasión los decanos de las universidades son mayoría. Tengo la mejor impresión en cuanto a la decencia y capacidad de varios integrantes de la comisión y la ley exige que todas las decisiones se adopten por mayoría de dos tercios, es decir, 10 votos de 15. Este no es un detalle menor.
Sin embargo, por muy buena voluntad y empeño que cualquier persona ponga al proceso los resultados no pueden ser nunca los óptimos. El proceso no está regulado como un mecanismo de ascenso por oposición, por ejemplo. Más bien la dinámica que genera el marco legal es la de una evaluación de méritos muy poco profunda.
La experiencia nos ha demostrado que decenas de abogados desconocidos ingresan sus expedientes adjuntando una constelación de diplomas, títulos de posgrado y participaciones en cualquier suerte de conferencias o talleres.
La comisión de postulación destina largas horas a revisar documentación y a depurar expedientes, tiene poco de donde escoger y menos tiempo para entrevistar a los candidatos. Finalmente, la sociedad civil aspira a identificar a los pocos nombres que reconoce y a señalar algunas tachas.
El resultado de este burocrático proceso es el mismo siempre. No dejo escapar la ocasión para recordar que los líderes políticos de este país han desperdiciado las ocasiones para hacer una reforma integral al sistema de justicia que necesariamente pasa por una quirúrgica reforma constitucional.