Alvaro Pop

Álvaro Pop es originario de Guatemala y de habla Maya Q’eqchi. Representante de América Latina y el Caribe en el Grupo directivo global para la Década Internacional de las Lenguas Indígenas. Secretario técnico del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina desde 2017 y hasta febrero de 2021. Presidente en el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de las Naciones Unidas durante 2016 y miembro experto de este Foro desde 2011. Profesor universitario."

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Álvaro Pop

En América Latina la fiesta de la democracia se celebró durante los últimos treinta o cuarenta años del siglo pasado.

A esta fiesta no fueron invitados los pueblos indígenas.

Aun teniendo en la última ola de reformas constitucionales el reconocimiento de la existencia de estos pueblos, fueron colocados y convencidos en niveles de marginalidad y de ciudadanías de segunda o tercera categorías.

En la década del ‘90 la cooperación al desarrollo fue impresionante hacia los pueblos indígenas con motivo de la conmemoración de los quinientos años. Pesó la culpa y generó mecanismos de donación viendo la tragedia de los pueblos indígenas. La culpa se intentó lavar con cooperación intensa. Reconozco la buena intención de la cooperación bilateral, multilateral y privada. A tres décadas de este fenómeno de “encuentro de dos mundos”, de “conquista” o de “invasión” nos queda aún mucho que analizar y evaluar del impacto de la cooperación internacional a la transformación de la realidad de los países de América Latina con respecto a los pueblos indígenas. En el planteamiento contemporáneo no encontramos sublevaciones armadas ni propuestas de cesión de Estados. ¿Por qué?

El escenario internacional ha sido testigo del resultado de las luchas de casi una década de los pueblos indígenas en el mundo: su emergencia como un actor internacional, su reconocimiento y la aprobación de sus derechos en las dos Declaraciones más importantes, la de Naciones Unidas y la Americana. Junto con ello la ratificación del Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) que exige la Consulta Previa, libre e informada a los PI ante la ejecución de medidas legislativas, ejecutivas y administrativas susceptibles de afectarles. Para el caso de América, las resoluciones de la Corte Interamericana han creado jurisprudencia que pretende en varios casos, devolver la justicia a la vida social de las naciones del continente desde la realidad de los pueblos indígenas.

La cooperación internacional y nacional hacia los pueblos indígenas, las reformas institucionales o la creación de instituciones como el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe y todos los fondos de compensación social creados a finales de los ‘80 en muchos países por mandatos de la institucionalidad financiera multilateral no tuvieron ni la fuerza ni el mandato para enfrentar reformas indispensables de los sistemas políticos nacionales y menos del económico vigente en la región.

Generó dependencia que desembocó de nuevo en abandonos dramáticos en los inicios del siglo XXI por la incapacidad institucional de los Estados de cumplir con sus mandatos constitucionales y la disminución casi total de la cooperación a pueblos indígenas, el fracaso de los Objetivos del Milenio y la seria amenaza del casi nulo cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

La lección latinoamericana de los últimos cincuenta años es que la democracia liberal prioriza en exceso los derechos individuales en detrimento de los derechos colectivos acelerando la desigualdad. La región tiene buenas elecciones y malas democracias.

Más que en cualquier otra región del mundo, América Latina impulsó la aprobación de las Declaraciones Americanas y de Naciones Unidas, ratificaron sus parlamentos, el Convenio 169 y realizaron cambios constitucionales en reconocimiento de la existencia de los Pueblos Indígenas, sin embargo, el cumplimiento de estos derechos aprobados, ratificados y reconocidos aún tiene brechas profundas en su cumplimiento y aterrizaje en la vida de las comunidades de los PI. Luego de las negociaciones de paz en Centroamérica, la firma de estas en Guatemala y Colombia, América Latina ha sido una región sin guerra, con muchos muertos, pero sin declaración de guerra (a excepción de las realizadas ante el narcotráfico en Colombia y México). Además, la región tiene el pecado capital de tener a los países de mayor persecución y criminalización de defensores indígenas de la naturaleza, el territorio, la vida y el agua.

El reto es de pasar de las democracias formales hacia democracias sustantivas o sustanciales, con los derechos humanos reconocidos como marcos ético-políticos y la igualdad socioeconómica y de oportunidades de los individuos.

En el funcionamiento de la democracia global hemos llegado a la privatización de la democracia electoral. Tener partidos políticos, participar en ellos, construir liderazgo dentro de ellos y encabezar procesos de representación son aspiraciones caras, onerosas y de inversiones altas de los miembros de las comunidades. Especialmente mujeres rurales. ¿Cómo “deconstruimos” esta realidad? ¿Cómo desmontamos esta parafernalia cada vez más lejana a la gente y más cercana a la lógica de mercado? ¿Se puede ser democracia en una sociedad de sujetos con tratamientos distintos de ciudadanía y enormes brechas de desigualdad económica?

¿Cómo conseguir esto reconociendo los derechos de los pueblos indígenas en marcos de igualdad, sabiendo de la existencia de brechas de desigualdad socioeconómica y fundamentalmente de ciudadanía?

La capacidad de la autodeterminación, derecho de los pueblos indígenas que determina la participación.

“79. La CIDH observa la necesidad de que el derecho de la libre determinación sea visto como la ‘base del diálogo, catalizador de la participación efectiva en el proceso de construcción estatal y como base para la construcción de una nueva relación entre los pueblos indígenas y el Estado en términos de respeto mutuo, lo cual fomenta la paz, el desarrollo, la coexistencia y los valores comunes’”.

“82. De lo anterior se desprende la obligación de los Estados de adecuar su derecho interno a los estándares normativos interamericanos de derechos humanos, lo que implica la revisión de leyes, procedimientos y prácticas para fortalecer y asegurar el goce efectivo y práctico de los derechos humanos de los pueblos y personas indígenas y tribales por medio del respeto al derecho a la libre determinación. La concreción de este derecho da lugar a diferentes medidas que toman en cuenta y armonizan las aspiraciones de cada pueblo particular dentro de un Estado”.

En este contexto se encuentra la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas.
Esta debe ser solo un momento dentro de un proceso permanente de dialogo entre Estado y PI.

Y a esta manera de vivir es una ciudadanía nueva, intercultural e incluyente que le dé sentido y contenido a la democracia contemporánea.

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