Shirley Rivera, presidenta del Congreso de la República e integrante de la bancada oficialista, presentó la iniciativa 6239 para reformar la Ley del Organismo Judicial (OJ), específicamente el artículo 54 sobre las atribuciones administrativas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el artículo 55 respecto a la Presidencia.
Esta fue presentada el pasado 18 de abril ante la Dirección Legislativa, la que conoció el pleno al día siguiente. El 25 del mismo mes recibió dictamen favorable por parte de la Comisión de Gobernación del Legislativo.
El primer debate ante el pleno se realizó el pasado 6 de septiembre, mientras que el segundo se llevó a cabo en la sesión del miércoles 20 de septiembre.
El camino que le resta para convertirse en ley es el tercer debate, es decir, lectura por artículos y redacción final del proyecto de decreto.
REFORMAS EN EL ARTÍCULO 54
Entre los cambios que propone para las atribuciones administrativas de la CSJ está la eliminación del inciso «b», sobre «informar al Congreso de la República, con suficiente anticipación, la fecha en que vence el periodo para el que fueron electos los magistrados de la CSJ y de Corte de apelaciones, así como de las vacantes que se produzcan para la convocatoria de la Comisión de Postulación a que se refiere la Constitución política de la República».
Con el inciso «d» se estaría agregando: separar, suspender y excluir de la carrera judicial a los jueces, secretarios y personal auxiliar de los tribunales que corresponda; añade que la exclusión de la carrera judicial de un juez procede por las causales establecidas por la Ley.
Actualmente en la Ley del OJ la suspensión de los jueces será acordada por periodos no mayores a 30 días; la remoción de un juez procede por conducta incompatible con la dignidad ajena a la judicatura, cuando la CSJ acuerde en mayoría absoluta del total de los miembros, cuando se estime que la permanencia del juez es inconveniente en la administración pública y en casos de delito flagrante.
En la iniciativa también se suprime el inciso «e», para solicitar al Congreso de la República, la remoción de los magistrados de la Corte de Apelaciones y demás tribunales colegiados, por los mismos casos, forma y condiciones en los que procede la remoción de los jueces. El Legislativo es quien decidirá en sesión ordinaria las solicitudes y procedimientos.
Sobre el inciso «g», se estaría dividiendo en dos sobre la aprobación y modificación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del OJ; dedicando así un inciso para cada tema. En la actual Ley, se encuentran ambos temas en un numeral.
Otro inciso es el «h», donde se suprime «dictar medidas o resoluciones disciplinarias» sobre las conductas de los jueces y magistrados.
Una modificación más es al inciso «m» sobre solicitar información de la administración de justicia, se suprime: «si procediere, dictar medidas disciplinarias o de otra naturaleza que sean pertinentes».
Finalmente, en este artículo 54, en la Ley se estaría sustituyendo el inciso «p» que indica «las demás que le asignen otras leyes» por «suspender a cualquier funcionario o empleado judicial que se encuentre privado de su libertad o sujeto a cualquier medida sustitutiva». También se agrega que la suspensión será sin goce de salario y podrá reinstalarse.
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REFORMAS EN EL ARTÍCULO 55
Dentro del contenido de esta parte, es referente a las atribuciones del presidente del OJ donde el primer cambio es añadir el inciso «b» que menciona «suspender a cualquier funcionario o empleado administrativo que se encuentre privado de su libertad o sujeto a cualquier medida sustitutiva».
En el inciso «c» de la actual Ley del OJ referente a solicitar informes sobre la marcha de la administración de justicia, se le incluye de «cualquier Tribunal Juzgado de la República».
También se suprime el inciso «g» sobre tramitar y resolver la liquidación de conmutas cuando sea procedente, así como hacer la relajación de penas cuando concurran los requisitos que exige el Código Penal y otras leyes.
Otro de los incisos que sería anulado es el «i» que se refiere a «imponer sanciones»; asimismo el «l» con la indicación de: librar la orden de libertad de los reos que hayan cumplido sus condenas de privación de libertad.
Entre otros numerales que serían suprimidos está el «m» con «ordenar el traslado y distribución de los reos condenados a penas privativas de libertad». Además de inciso «o» sobre «cualesquiera otras necesarias y convenientes a una buena y eficaz administración, aunque no estén especificadas en esta y otras leyes».
Finalmente, el inciso «ñ» y «o» del actual artículo se unen en la propuesta de la iniciativa, quedando en «celebrar por sí o por medio del empleado o funcionario que designe, los contratos relacionados con el servicio de la administración de justicia o cualesquiera otras necesarias o convenientes a una buena y eficaz administración, aunque no estén especificadas en esta u otras leyes».
Aunque las reformas ya avanzaron en dos lecturas, aún tienen pendiente una tercera, pero esto tendrá que esperar porque no habrá plenarias en el Congreso para esta semana.
SEGUNDO INTENTO
El pasado 7 de febrero fue presentada la iniciativa 9195 bajo el detalle que dispone «reforma al Decreto Número 2-89 del Congreso de la República, Ley del Organismo Judicial. Reforma art. 54. Son Atribuciones Administrativas de la Corte Suprema de Justicia y art. 55. Presidente del Organismo Judicial».
Además, entre los legisladores que se presentaron como ponentes estuvo Maynor Mejía, Carlos Rojas, Hernán Morán, Oscar Chinchilla, Karla Martínez, José Lemus, Aníbal Rojas y la presidenta, Shirley Rivera.
En el pleno fue leída el pasado 8 de febrero y pasó a la Comisión de Reformas al Sector Justicia, completando el dictamen el 25 de mayo.
Dentro de las reformas que se encuentran en su contenido, se encuentran los mismos artículos de la iniciativa 6239 que ya se encuentra en el segundo debate.