El seguro es para cubrir a terceros dentro del sistema de transporte público y de carga. FOTO LA HORA/JOSÉ OROZCO

Por Manuel García.
mgarcia@lahora.com.gt

Este lunes, fue publicado en el Diario Oficial el acuerdo gubernativo 174-2020 del Ministerio de Gobernación, el cual reforma el reglamento para la contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil contra terceros del transporte colectivo urbano de pasajeros y de carga.

Según la publicación, el articulo uno de dicha ley establece que la contratación y primer pago del seguro anual obligatorio del transporte colectivo en mención, así como el de carga deberá efectuarse dentro de un año a la entrada en vigor del presente reglamento.

Esto posterga para el próximo año la obligación de los propietarios del trasporte de pasajeros urbanos y de carga la obtención y pago de esa prima.

La medida tiene por objeto cumplir lo que determina el artículo 29 de la Ley de Tránsito en cuanto a que todo propietario de vehículo autorizado para circular por la vía pública deberá contratar como mínimo un seguro de responsabilidad civil contra terceros, sin embargo, por la situación ocasionada por el COVID-19, la autoridad de tránsito respaldó la postergación para hacer efectivo el primer pago y contratación del seguro anual obligatorio respectivo.

En el caso del transporte colectivo urbano de pasajeros o de carga que autorice posteriormente a la vigencia del presente reglamento, será a partir de la fecha en que se les autorice prestar el servicio cuando empezará a correr la prórroga, según el acuerdo que cobra vigor este martes 20 de octubre.

Edgar Guerra, de la defensoría del Usuario del Transporte Público de la PDH, lamentó la decisión. Foto La Hora

SEGURO ANTE HECHOS DE TRANSITO

Según se estipuló dentro de esta ley, la indemnización será por muerte, lesiones, daños y perjuicios. La prima de seguro cubre a pasajeros, terceros, propiedad privada, propiedad pública y medio ambiente.

Los propietarios debían de pagar una multa de hasta Q15,000 por no portar este seguro vigente según lo establece la normativa, además, el vehículo podrá ser detenido y conducido a las instalaciones que la autoridad determine.

LEA: Según PDH, 60% de buses rojos y Transurbano no están listos para retomar operaciones

DEFENSOR DEL USUARIO DEL TRANSPORTE LAMENTA DISPOSICIÓN

Edgar Guerra Defensor de las Personas Usuarias del Transporte Público de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), lamentó la reforma a la disposición del seguro.

“Lamento que el Estado guatemalteco no realice los esfuerzos suficientes para atacar la segunda pandemia que afecta al país desde hace décadas y que representa la segunda causa de muerte a nivel nacional. Siendo los hechos de tránsito los que cobran la vida de guatemaltecos, ante la indolencia de las autoridades de no cumplir su función preventiva”, añadió.

Agregó que debe tomarse con seriedad la coordinación institucional para la reducción de los hechos de tránsito, en cumplimiento a los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Artículo anteriorChilenos conmemoran primer aniversario de estallido social
Artículo siguienteCaso Libramiento de Chimaltenango: MP impugnará falta de mérito a 16 señalados