Por Eder Juárez
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El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad suspendió de manera provisional el acuerdo aprobado por la excanciller Sandra Jovel y el expresidente Jimmy Morales denominado «Política Pública de Protección y Atención a la Persona Migrante, Acuerdo Gubernativo 318-2019».
La votación fue unánime y avalada por los magistrados Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela, Dina Ochoa, Cristina Fernández, María de los Ángeles Araujo y José Par Usén.
“En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual se decreta la suspensión provisional de la disposición denunciada, como se indica en la parte resolutiva del presente auto” dice la resolución de la Corte.
Los magistrados tuvieron que resolver la acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, total, que planteó el abogado Gabriel Orellana Rojas, representante común, con el objeto de impugnar el Acuerdo Gubernativo 318-2019, emitido por el Presidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros, publicado en Diario Oficial el veinticuatro de diciembre de dos mil
diecinueve.
La Corte de Constitucionalidad, “decreta la suspensión provisional del Acuerdo Gubernativo 318-2019, emitido por el Presidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros, publicado en Diario Oficial el veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve. Se concede audiencia por quince días comunes a: i. Presidente de la República de Guatemala; ii. Ministerio de Relaciones Exteriores, iii. Dirección General de Migración; y iv. Ministerio Público, por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal”.
Los excancilleres y exembajadores presentaron un recurso de inconstitucionalidad total, porque dicho acuerdo “contradice el principio de supremacía constitucional”.
«Ninguna norma ordinaria puede contradecir a la Constitución, “principio de supremacía”, además que el Acuerdo Gubernativo 318-2019, viola el principio de “orden jerárquico de las leyes”, en otras palabras, una disposición reglamentaria no puede ser superior a una ley que emite el Congreso de la República», explicó en su momento el abogado Gabriel Orellana.
Esa política y la forma cómo fue publicada, en vísperas de Navidad, generó varias críticas al gobierno de Morales.