Por Redacción La Hora
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La Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público presentó una solicitud de antejuicio en contra del juez Décimo de Primera Instancia Penal, Víctor Cruz, por presuntamente cometer el delito de prevaricato.

La solicitud de antejuicio fue presentada a raíz de una denuncia que la extinta Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) dejó en contra del juez, previo a su salida del país.

Esto por la resolución del juez Cruz en el caso Tigo, derivado del allanamiento a las instalaciones de dicha empresa.

Según un comunicado del Ministerio Público, el juez Cruz, a sabiendas de las actuaciones procesales en el mencionado caso, dictó una resolución contraria a la ley al pretender dar cumplimiento a una orden judicial que ya había sido debidamente cumplida con anterioridad por la autoridad competente.

De acuerdo con el MP, “el juzgador emitió una orden ilegal, por ser contraria a derecho, por no provenir de una autoridad superior, tergiversó y contradijo lo establecido por el tribunal de amparo de primera instancia y la Corte de Constitucionalidad”.

A decir del MP, el juez otorgó la calidad de sujeto procesal a los mandatarios de Comunicaciones Celulares S.A y de inmobiliaria Girasol, S.A. a pesar de que sus representantes no estaban vinculados al proceso.

También dio intervención inmediata a los recurrentes, desvirtuando nuevamente lo establecido por la Corte de Constitucionalidad (CC) que declaró que el ejercicio del derecho de defensa se garantiza simplemente con facultar a la persona afectada a promover aquel medio de impugnación que sea oportuno. “Se evidencia claramente la tergiversación de los hechos realizados por el juez Cruz al querer hacer creer que la voluntad de la CC era otorgar la calidad de sujeto procesal e intervención completa en una causa penal a una persona cuyo derecho de defensa se limitaba a la interposición de un medio de impugnación en concreto”, mencionó el MP.

Finalmente, según la Fiscalía, el juez finalizó su resolución ilegal dejando sin efecto los actos jurisdiccionales y de investigación actuados sin la presencia de los nuevos sujetos procesales, cuya calidad fue indebidamente otorgada, a partir del 30 de noviembre de 2017, fecha en que los mandatarios de las sociedades allanadas presentaron su recurso de reposición.

Según el MP, con esa resolución, el juez Cruz invalidó numerosos elementos de investigación, con lo cual obstaculiza la acción penal, que por mandato le corresponde al MP, retrasando y entorpeciendo la investigación.

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