POR G. ORTIZ Y H. QUINO
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El titular de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Abel Cruz, explicó a La Hora que la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC) en suspender de forma provisional el artículo 52 del Código Tributario significa un retroceso y aseguró que no hay claridad en los fundamentos de la demanda.

Cruz señala que el comunicado publicado el viernes corresponde a su posición oficial porque la CC hasta el viernes al medio día no les había notificado.

Es decir no tienen hasta ahora claro cuales son los fundamentos de la demanda, pero al quitarse el acceso a poder gestionar ante un juez información bancaria lo que está provocando, «es que retrocedamos a antes de 2016».

Sobre la Ley, expresó que cuando hay una duda razonable por parte de la administración tributaria, se solicita acceso a la información bancaria y poder dilucidar en la vía administrativa las dudas, por eso lo dicho por la CC para la SAT se traduce en un retroceso administrativo porque antes al tener la duda razonable podían analizar si lo que veían se traducía en un error y ahora lamentablemente lo que ocurrirá cuando haya una duda razonable en lugar de resolverlo por la vía administrativa van a tener que presentar una denuncia ante el ente investigador.

En países desarrollados, afirmó que lo que se hace con la Ley del Secreto Bancario resulta normal y se hace y ni siquiera con juez como sucede en Guatemala «aquí todavía vamos con Juez».

«Dicen que la SAT esta abusando y donde esta el abuso…nos están levantando puras bolas», dijo.

Al respecto de posibles repercusiones en la recaudación, refirió que es algo que deben estudiar y que son temas que van a surgir más adelante.

«Obviamente nosotros tenemos el derecho y obligación de litigarlo en la Corte, me parece que la Corte da quince días para una vista pública en la cual la empresa que se siente afectada pondrá sus argumentos y nosotros pondremos los nuestros», comentó.

Mañana el Directorio de la SAT tendrá una reunión para evaluar las posibles acciones a seguir como administración tributaria como tal.

Y recalcó que en otros países es normal que la entidad recaudadora tenga acceso a información financiera.

SUSPENSIÓN

El pasado viernes, por orden de la Corte de Constitucionalidad el artículo 52 del  Código Tributario quedó en suspenso de manera provisional.

El artículo eliminaba el secreto bancario y permitía a la SAT requerir información sobre las operaciones bancarias.

El fallo emitido por la máxima corte del país se basa en el artículo 138 de la Ley de Amparos, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

En ese artículo se establece que la CC puede decretar la suspensión temporal de «la ley, reglamento o disposición de carácter general si a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables».

El Congreso, la SAT y el Ministerio Público serán citados en los próximos días para argumentar sobre las reformas al código tributario. Luego de eso, la CC emitirá un fallo en definitiva.

La resolución fue emitida de manera unánime por los magistrados de la CC.

Escala Mercantiles Innovadoras, Sociedad Anónima, fue la entidad que presentó la inconstitucionalidad contra el referido artículo.

RETROCESO

Al respecto del tema una fuente consultada refirió a La Hora, que Guatemala llevaba varios años siendo catalogado como un paraíso fiscal por instancias internacionales, que sin una serie de requisitos no podían quitar ese aspecto al país, porque al final no se cumplían.

No obstante, al aprobarse la Ley del Secreto Bancario esto fue posible porque era uno de los requisitos que pedían organismos internacionales.

Sin embargo, explicó que con el nuevo escenario, se traduce en un retroceso que va impactar para retornar a esa posición de paraíso fiscal, así como en las evaluadoras de riesgo, porque al estar catalogada como en el área gris se tendrá un impacto en el desarrollo económico de país.

Además, apuntó que resta el aspecto fiscalizador de la SAT, porque le quitan los dientes a SAT al dejar que se dependa de otra instancia para que se pueda hacer una investigación, “se tendrán que plantear denuncias porque solo así se podrá seguir investigando”.

Con la Ley de Acceso Bancario, apuntó a que además el ente recaudador seguía una serie de procedimientos que incluía la autorización de un Juez para proceder a investigar, sin embargo con el nuevo escenario esto será diferente.

En ese sentido también, se esperaría a que para la SAT resulte complicado completar la meta de recaudación y por ende el financiamiento del presupuesto y se pierden con los logros obtenidos.

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