POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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El empresario Gustavo Alejos, sindicado en tres casos de corrupción, sufre de hipertensión arterial, según su defensa. Considerando ese padecimiento, recientemente un juez le otorgó una medida sustitutiva para que sea tratado fuera de prisión. Sin embargo, según un informe del Sistema Penitenciario (SP), hay otras mil 702 personas privadas de su libertad que también sufren de hipertensión arterial, pero que, a diferencia de Alejos, reciben tratamiento ambulatorio dentro de un centro de detención.
El pasado 12 de abril, el juez suplente del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, Estuardo de Jesús Barrientos, accedió a la petición de la defensa de Alejos respecto a obtener una medida sustitutiva dentro del Caso Negociantes de la Salud. Sin embargo, el sindicado no ha podido abandonar la prisión porque también guarda prisión preventiva por el Caso Transurbano.
La defensa argumentó al togado que era necesario que Alejos saliera de la prisión puesto que padece de hipertensión arterial, petición a la cual el juez no se opuso.
No obstante, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) presentaron una apelación para revocar la resolución del juez Barrientos, ya que, a consideración de ambos entes, las medidas sustitutivas únicamente se pueden otorgar cuando no exista peligro de fuga ni de que el imputado, haciendo uso de su libertad, obstaculice la averiguación de la verdad.
Si un sindicado sufre quebrantos de salud es responsabilidad del SP velar por su bienestar, argumentaron el MP y la CICIG en la apelación.
La estadística del SP que da cuenta que 1 mil 702 personas en prisión preventiva sufren de hipertensión arterial fue incorporada en el escrito de apelación.
Según la CICIG, existen informes del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) en los que se establece que Alejos puede recibir tratamiento ambulatorio, sin necesidad de abandonar la prisión.
Alejos también se encuentra procesado por financiamiento electoral ilícito en el Caso Cooptación del Estado. Sin embargo, en dicho proceso, el juez de Mayor Riesgo “B”, Miguel Ángel Gálvez, le otorgó una medida sustitutiva argumentando que todos los demás sindicados que estaban procesados únicamente por ese tipo penal gozaban tal beneficio.