Por Sonny Figueroa
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Durante una reunión de la Comisión Extraordinaria que recomendara reformas al delito de financiamiento electoral ilícito, el Ministerio Público (MP) y Contraloría General de Cuentas (CGC) presentaron sus propuestas en las que establecen penas de hasta 12 años de cárcel para los que cometan financiamiento anónimo y no registren los aportes en los libros contables de los partidos políticos.

En febrero pasado, la Corte de Constitucionalidad (CC) exhortó al Congreso a modificar el artículo 407 N del Código Penal, que se refiere al delito de financiamiento electoral ilícito. A consideración de la Corte, las penas del segundo párrafo, que se refiere al financiamiento anónimo y el no registro de aportes, debe ser menor a las establecidas en el primer párrafo que detalla penas de 4 a 12 años para los que reciban financiamiento producto del lavado de dinero y crimen organizado.

De esa cuenta, Rafael Curruchiche de la Fiscalía de Delitos Electorales, dijo a los diputados que a consideración del MP, el financiamiento anónimo y no registrar los aportes deben ser condenados hasta con ocho años de prisión inconmutables.

“Se considera asimismo, financiamiento electoral ilícito todo aporte, recepción o autorización de recursos realizados en forma anónima o los que no se registren en el libro contable que para el efecto deberá llevar la organización política y será sancionado con prisión de 3 a 8 años inconmutables. La sanción se incrementará en dos terceras partes cuando el delito sea cometido por quien ejerza empleo o cargo público, o cargo de elección popular, además de las penas impuestas se le inhabilitará para optar a cargos públicos”, dice la propuesta del MP.

Pese a que la CC en su resolución indica que las actuaciones del segundo párrafo son menos graves que las del primero, la recomendación presentada por la Contraloría General de Cuentas, es que los que cometan esos delitos deben ser condenados de 4 hasta 12 años de prisión. El subcontralor del gasto, César Elías, dijo que también se busca inhabilitar a las personas para que no sean contratistas del Estado.

“Además, de la sanción impuesta a todo culpable, se inhabilitará durante el cumplimiento de la condena y cinco años después de cumplida para optar a cargos públicos de elección popular o ser contratista del gobierno”, se lee en la propuesta de la Contraloría.

Los diputados Estuardo Galdámez y Manuel Conde Orellana dijeron que no registrar los aportes en los libros contables debe ser castigado administrativamente. La respuesta de la Fiscalía de Delitos Electorales fue que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) se encarga de sancionar a los partidos políticos y el MP a perseguir el delito.

El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) también fue invitado, pero no presentó una propuesta y en tres semanas se tendrá lista. El TSE se excusó e indicó que entregara una recomendación por la vía escrita. La próxima reunión fue programada para el miércoles.

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