POR KIMBERLY LÓPEZ
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La Contraloría General de Cuentas (CGC) identificó una colisión entre lo normado en la Constitución Política y la Ley de Probidad, respecto al nombramiento de funcionarios. En vista de ello, pedirá que la Presidencia solicite a la Corte de Constitucionalidad una consulta sobre cuál es la norma que debe prevalecer en el caso del nombramiento del ministro de Salud, Carlos Soto, quien asumió el cargo sin contar con finiquito.

Hace varios días, la Secretaría de la Presidencia respondió al requerimiento realizado por la CGC, sobre el argumento jurídico bajo el cual decidieron nombrar como ministro a una persona que no contaba con finiquito. Una vez recibida esa información, anunciaron un análisis para emitir una recomendación al respecto.

“En base a la información recibida por la Secretaría General hemos estado viendo que a nuestro criterio hay una pequeña colisión entre la norma constitucional y la ley ordinaria”, dijo el contralor Carlos Mencos.

Mencos recordó que la CGC ha analizado el nombramiento del ministro de Salud, Carlos Soto y que a partir de ello, emitirá una nota a la Presidencia para que consulten a la Corte de Constitucionalidad (CC) cuál es la norma que debe prevalecer en ese caso.
Hoy por la tarde, dijo, enviarían una nota a la Secretaría General para que por conducto del presidente Jimmy Morales hagan la consulta a la CC porque hay una duda válida de interpretación legal entre lo que establece la norma constitucional porque esta solo establece que para hacer nombramientos no se requiere el finiquito, pero en la Ley de Probidad sí se establece ese requisito.

Entonces vamos a mandar una nota al secretario para que se haga la consulta a la CC porque es una duda válida, yo me he reunido con los abogados, comentó.

NOMBRAMIENTO FUE POR “ASCENSO”

Mediante un acuerdo gubernativo, el presidente Jimmy Morales decidió “ascender al cargo de ministro de Salud al doctor Carlos Soto”. La figura legal de realizar ascensos en la gestión pública no está justificada en ley, aunado a que no podría haber sido nombrado como Ministro, cuando no cuenta con el finiquito, según la Ley de Probidad.

Soto no cuenta con finiquito o constancia transitoria de inexistencia de cargos, pues acumula sanciones económicas por 723 mil 158 quetzales, por personal contratado temporalmente con funciones de naturaleza administrativa u operativa; y fraccionamiento de compras de bienes y servicios como: medicamentos, material médico quirúrgico, alimentos, servicios de lavandería, combustibles, insumos, etc.

 

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