POR JOSÉ DEL ÁGUILA
jaguila@lahora.com.gt
La falta de celeridad en los procesos judiciales es un problema que fiscales, jueces y abogados reconocen por igual, aunque difieren sobre los factores que provocan estos retrasos. Algunos abogados, por ejemplo, los atribuyen a una mala gestión de los jueces en sus labores diarias. Fiscales, en cambio, lo vinculan con una sobrecarga laboral en las judicaturas, la cual se agudiza por el escaso personal y los espacios físicos limitados de los juzgados para desarrollar audiencias y organizar expedientes. Delia Dávila, presidenta de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se inclina más por la segunda versión.
En entrevista con La Hora, la magistrada explicó que no está de acuerdo con que la mora judicial se les achaque a jueces y juezas. Dávila justifica el hecho de que casos como La Línea lleven más de dos años sin una sentencia debido a que la carga laboral en los juzgados sobrepasa, en todos los casos, la capacidad humana de los operadores de justicia para tramitar con rapidez los distintos procesos penales.
Sin embargo, independiente de la versión que se tenga, los retrasos en los procesos penales han implicado consecuencias: víctimas que no logran obtener justicia, sindicados que acumulan ya varios meses privados de su libertad sin que se pruebe si son culpables o no, señalamientos y hasta denuncias disciplinarias contra jueces y, además, gastos para el Organismo Judicial.
En virtud de lo anterior, la Presidenta de la Cámara Penal es cuestionada sobre el problema y esboza, con particularidad, las propuestas y las posibles soluciones que se analizan desde la CSJ.
Algunos casos de alto impacto, como La Línea, por ejemplo, acumulan dos años sin que se defina si llegan o no a una etapa de juicio. Como Cámara Penal, ¿a qué atribuyen estos atrasos?
Estos son casos complejos por la cantidad de sindicados que se encuentran ligados. Por ejemplo, en el Caso La Línea hay 92 sindicados. Es por la cantidad de abogados que intervienen, por la serie de acciones legales de la defensa. La ley los faculta y hacen uso de acciones recursivas y de diferentes medios de impugnación. También porque la carga de medios de investigación es fuerte, porque el MP tiene que tener evidencia sobre cada uno de los sujetos procesales.
También cuando se realizan las impugnaciones, la cantidad de notificaciones que hay que hacer a los sujetos procesales es muy fuerte. Me parece que el fiscal, en algún momento, dijo que si él imprimía toda la prueba digital que está presentando -en el Caso La Línea-, podía llenar una casa de dos niveles. Es demasiada la prueba que el juez tiene que analizar para también emitir las resoluciones. Eso es lo que hace que los procesos también se alarguen.
Entonces, estos casos complejos (así los ha denominado la CIDH en su jurisprudencia) son delitos colectivos y a cada uno de los sindicados se les debe garantizar el debido proceso y sus garantías.
Algunos atribuyen la falta de celeridad en los procesos a una mora judicial en los distintos órganos jurisdiccionales, ¿comparte este criterio?
No es una mora judicial. En principio, quiero manifestarle que, según los estudios hechos en el plan quinquenal del OJ, tenemos solo seis jueces por cada cien mil habitantes. La medida estándar internacional es que debe haber 17 jueces por cada cien mil habitantes. O sea, nosotros tenemos un 30 por ciento de lo que deberíamos de tener. Por ejemplo, en Costa Rica tienen 25 jueces por casi mil habitantes. La carga laboral sobrepasa la capacidad humana de los jueces. No es que sea negligencia de los jueces. En 2015 ingresaron al OJ 76 mil casos y para 2016 ingresaron 106 mil casos. Eso significa que tuvimos 30 mil casos más. Eso es lo que ha saturado más el trabajo de los jueces.
En los últimos años, el presupuesto que el Ministerio de Finanzas asigna al OJ suele ser menor al que ustedes solicitan, ¿tiene relación esto, de alguna manera, con la sobrecarga laboral en los juzgados?
Sí, efectivamente, se nos informó que habían hecho un recorte de Q800 millones en el presupuesto para el otro año. Dentro de ese presupuesto teníamos asignados recursos para construcción de edificios para crear más órganos jurisdiccionales porque ya no tenemos espacios y es demasiado la renta que se paga por edificios privados. Me parece que sin ese recurso, nos informó el gerente financiero, no nos alcanzaría para cubrir salarios en los últimos meses del año entrante.
¿Ven falta de voluntad política para financiar el sector justicia?
No, nosotros lo que consideramos es que tenemos que realizar algunas acciones. De hecho, creo que ya se están haciendo contactos con el Ministerio de Finanzas y de alguna forma, tratar de incidir en el Congreso para que, en el transcurso de la ejecución, pudieran asignársenos otros recursos. Pero es importante señalar que, si queremos que la justicia funcione, hay que invertir en ella.
¿Y hay interés tanto del Ejecutivo como del Congreso para financiar al sector justicia?
Bueno, nosotros vimos interés de parte del Ejecutivo en apoyar la creación de los juzgados tributarios, porque el año pasado fue exitosa la recaudación judicial que también se hizo y eso favoreció la recaudación de la Superintendencia. Eso redunda en mejor inversión de los servicios. Entonces, por ejemplo, para eso el Ejecutivo hizo un acuerdo y también el Ministerio de Finanzas e, incluso, realizamos un convenio para que los juzgados tributarios se crearan y se instalaran ahí en el Ministerio de Finanzas. Como le digo, nosotros vamos a hacer las acciones que correspondan a través de la Gerencia Financiera, la Gerencia General y en el Congreso para que, de alguna forma, nos den el apoyo que necesitamos, porque no podemos cerrar juzgados.
Recientemente, el juez de Mayor Riesgo B, Miguel Ángel Gálvez, fue denunciado disciplinariamente por supuestamente incurrir en el retraso del proceso penal contra un sindicado. Sin embargo, la Junta de Disciplina Judicial rechazó la denuncia argumentando una sobrecarga laboral en la judicatura. En la resolución también recomendó a las autoridades que ejecuten medidas para descongestionar el juzgado, ¿qué disposiciones se han adoptado?
Antes de esa resolución, la Cámara Penal había realizado gestiones ante el pleno de la Corte. Le pidió estudios a la Dirección de Planificación para mejorar la cantidad de personal y para fortalecer el juzgado del juez Gálvez. Aquí tengo la resolución de 19 de julio donde me da respuesta la Secretaría de Planificación y Desarrollo Institucional donde autoriza la creación de tres plazas de oficiales para el grupo B, que es el juzgado del juez Gálvez y dos de oficiales para el grupo D, que es el juzgado de la jueza Erika Aifán.
También hice una visita al juzgado del juez Gálvez y vi que tenía los expedientes de forma inadecuada porque no tenía espacios. Entonces, a través del mantenimiento y los trabajadores administrativos del OJ, se le reacomodó.
También otra medida que implementamos fue la creación de los Juzgados de Mayor Riesgo en Quetzaltenango, porque cuando se crearon estos juzgados estaban centralizados en Guatemala y tenían competencia para conocer casos de toda la República. Ahora, los de Quetzaltenango tienen competencia para conocer en Suchitepéquez, Quetzaltenango, Sololá, Huehuetenango, Quiché y Totonicapán. Entonces, de esa forma ya le estamos reduciendo la carga laboral a los de Guatemala.
La sobrecarga laboral afecta a todos los Juzgados y Tribunales de Mayor Riesgo, ¿o es particularmente al grupo B?
No, yo creo que la sobrecarga laboral afecta a todos, a uno más que a otros. Por ejemplo, el Juzgado C de Mayor Riesgo, en el que estaba dirigiendo como titular el juez Víctor Hugo Herrera Ríos, tiene un caso de extorsiones con 146 sindicados que es el caso más grande que hay. Es impensable. Los que legislaron y pensaron en coimputados en delitos colectivos nunca imaginaron tener un caso con más de diez, pero ahora hay de 60 y de 90 sindicados, y ese tiene 146. Entonces, eso hace que él -el juez- para la tramitación de ese proceso, tiene que invertir más tiempo.
Abogados defensores señalan como un agravante de la sobrecarga laboral de los juzgados de alto impacto la permisividad con la que Cámara Penal acepta, por posibles temores a resolver de forma contraria al MP, trasladar muchos casos que no lo ameritan a judicaturas de mayor riesgo.
Nosotros, los criterios -que usan para trasladar casos a mayor riesgo- son los criterios que la misma ley establece. La Ley de Competencia Penal en procesos de mayor riesgo establece que nosotros tenemos que tomar en consideración, para decidir si ese caso amerita trasladarse a un juzgado de Mayor Riesgo, si los delitos son los que la ley tiene catalogados como de mayor riesgo. Pero también establece que hay delitos que, aunque no sean mayor riesgo, pero que son conexos con mayor riesgo, corren la misma suerte. Otro aspecto que tenemos que considerar son los riesgos para la seguridad de los sujetos procesales y las circunstancias en que han ocurrido los hechos, para definir si ese proceso debe pasar a mayor riesgo. En eso sustentamos los criterios, porque los juzgados de Mayor Riesgo están dotados de una estructura física y de una logística que tienen mejores condiciones de seguridad para sujetos procesados.
No, eso es absolutamente falso, que nosotros nos sintamos presionados. De hecho, hay algunos casos donde se ha negado porque, a criterio de la Cámara -Penal-, no corresponde el traslado y lo negamos. Ellos vienen y apelan ante la Corte Suprema y ellos resuelven, finalmente, si la decisión de Cámara fue apegada a derecho o no. Por ejemplo, Bufete de la Impunidad se negó trasladarlo a Mayor Riesgo.
Respecto a la iniciativa de ley de aceptación de cargos que recién presentó la CSJ, ¿confían en que es una solución para descongestionar los juzgados?
Sí, definitivamente, es agilizar, es abreviar los procesos, es resolver más casos en menor tiempo, es evitar todo el proceso ordinario hasta un juicio y un tribunal de Sentencia. La intención es esa, hacer justicia. En estos casos la aceptación de cargos conlleva una sentencia condenatoria. O sea, ningún caso va a quedar impune.
Algunos críticos de esta iniciativa temen que, en la práctica, los sindicados, considerando lo costoso que puede ser un proceso penal, terminen aceptando cargos que no cometieron.
No, la propuesta de la iniciativa de ley no permite que alguien acepte cargos que no ha cometido porque lleva implícita la carga probatoria. O sea, si es en la imputación, el MP tiene que poner a la vista del sindicado, del defensor y del juez cuáles son los elementos de convicción con los que fundamenta la imputación, y el juez tiene que hacer valoración de los mismos. No basta una confesión si no hay pruebas. Para poder dictar sentencia, el juez tiene que tener los elementos de prueba que hagan congruente la confesión del sindicado.
Con el fin de agilizar ciertos casos complejos y considerando el nivel de trabajo que requieren los mismos, algunos sectores han propuesto nombrar jueces especiales por cada proceso penal complejo (que tienen varios sindicados con distintas imputaciones). Por ejemplo, nombrar un juez para el Caso “La Línea”, uno para el Caso Cooptación del Estado, etcétera ¿qué tan viable es esta propuesta?
Habría que analizarla. Es un tema que merece un análisis muy profundo porque incluso con la creación de los juzgados especializados de femicidio y de mayor riesgo hubo impugnaciones de parte de sindicados ante la Corte de Constitucionalidad y, por lo menos en dos sentencias que yo conozco, la CC resolvió de esta manera: dice que el debido proceso supone la existencia de órganos judiciales preestablecidos en forma permanente por la ley. Se tutela a través de este principio la prohibición de crear organismos o “ex post facto”, que quiere decir después del hecho o especiales para juzgar determinados hechos o a determinadas personas, sin la generalidad y permanencia propia de los tribunales de justicia. O sea, si lo que se pretende es que primero está el hecho y después decimos: “usted juez, juzgue este caso”, eso sería contradictorio a lo que establece la norma constitucional.








