POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt

En el país sí existe la pena de muerte, sólo que sin un juicio, y prueba de ello son los miles de asesinatos que se han originado en los últimos años y las 114 muertes por linchamientos. Así lo reflejan las estadísticas de la Policía Nacional Civil (PNC) que indican que entre el 1 de enero de 2012 al 11 de octubre de 2016, 114 personas murieron linchadas por la presunción de que eran delincuentes o sindicados por otras razones.

El 5 de octubre un hecho inusual ocurrió en San José del Golfo, municipio de Guatemala, pues dos hombres ajenos a la comunidad llegaron a un negocio del sector y supuestamente exigieron una extorsión al propietario del comercio.

_Repo6_1bEl afectado emitió la voz de la alerta a los vecinos y posteriormente la PNC capturó a Edgar Manuel Mérida Mazariegos, de 19 años, y a un adolescente de 16, sindicados por cometer un delito “en flagrancia”, relató un agente de la subestación policial de ese municipio a La Hora.

Los PNC se llevaron a los presuntos sindicados a la sede policial, ya que ese día la autopatrulla que utilizarían para trasladar a los detenidos al juzgado estaba descompuesta y no lograron hacer la diligencia de inmediato.

Agentes que participaron en la detención de los señalados dijeron que, cuando llegaron a la subestación, unas 300 personas los esperaban con botellas que en su interior tenían combustible, pues pretendían matar a los dos hombres.

“Entréguenlos, solo les vamos a dar una calentadita, decía la gente con las botellas de combustible en la mano”, explica un agente.

Debido a que la PNC no cedió a la exigencia, algunos vecinos arremetieron con palos y piedras en contra de los policías: Walter Rolando Valdez Ramos, de 22 años, y Wilson Aníbal Sucul Cacao, de 23, quienes fueron trasladados al IGSS 7/19. También quebraron los vidrios de las ventanas de la sede policial y dañaron una autopatrulla de la comisaría 12, que llegó en apoyo a los policías de San José del Golfo.

Después, arribó el Grupo de Acción Rápida (GAR) para dispersar a los manifestantes; lanzaron gas lacrimógeno que provocó daños a una niña de 13 años, quien fue traslada por los Bomberos Voluntarios al Hospital General San Juan de Dios, según relatos de testigos.

A una semana de los incidentes, este vespertino visitó el municipio. Los comunitarios prefieren no hablar de lo ocurrido, mientras que los policías todavía están tensos por lo que pueda suceder, pues la mañana del 13 de octubre, alguien lanzó piedras a la sede policial. Uno de los agentes creyó que nuevamente habría disturbios, pero después se calmó porque solo se trataba de una persona “ebria o enojada” que lanzó piedras a la 01:30 de la madrugada.

“Uno se preocupa y piensa que los problemas se pueden repetir. Aquí la gente está organizada y no permite que nadie los moleste. El inconveniente es que si pasa algo los vecinos reaccionan y son capaces de todo. Nosotros tenemos la responsabilidad de poner orden y evitar más muertes”, argumentó el agente entrevistado.

En San José del Golfo se evitaron dos linchamientos, sin embargo, el problema persiste en varios departamentos del país y en otras ocasiones la situación no se controla.

_TablaLOS LINCHAMIENTOS Y LAS CAUSAS

Estadísticas de la PNC indican que en casi cinco años han muerto 114 personas linchadas en todo el territorio. (Vea la gráfica Personas muertas por linchamientos).

De acuerdo con la información oficial, en el año 2012, 13 personas murieron de esta forma; en 2013, 33; en 2014, 28; en 2015, 23 y hasta el 11 de octubre de este año, 17.

Los departamentos donde más linchamientos se registraron fueron: Huehuetenango, San Marcos, Alta Verapaz y Guatemala.

El sistema de justicia guatemalteco tipifica un linchamiento como asesinato u homicidio, dependiendo de las circunstancias en las que se origina un acto de esta índole.

El artículo 132 del Código Penal detalla que quien incurra en un asesinato se le impondrá una pena de 25 a 50 años de cárcel y quien cometa un homicidio se le impondrá prisión de 15 a 40 años. (Lea el recuadro Justicia sanciona hasta con 50 años de cárcel el linchamiento).

Marco Antonio Garavito, director de la Liga de Higiene Mental, dice que los linchamientos se originan por la falta de credibilidad en las instituciones del Estado. En Psicología, el origen del problema se identifica como un síndrome psicosocial traumático, que conlleva una serie de síntomas y acciones.

“La situación crítica que vivimos desde hace mucho tiempo ha generado en los ciudadanos lo que en Psicología se llama síndrome psicosocial traumático y es una serie de síntomas que se manifiesta en nosotros, derivado de un trauma por la violencia. Desde el punto de vista social, uno de los síntomas es que los guatemaltecos cada vez creemos menos en las instituciones del Estado”, explica.

Garavito refiere que la ciudadanía necesita creer en las instituciones estatales, pero debido a que perdió la confianza en todo, decide actuar de acuerdo a lo que consideran está bien, provocando anarquía.

Uno le pregunta a la gente ¿usted cree en el Congreso, en la Policía, en la justicia, en el presidente? La respuesta es no y eso genera un fenómeno psicológico muy complicado porque los ciudadanos de cualquier país del mundo necesitamos tener cierta referencia de credibilidad con el Estado donde vivimos, y derivado de este síntoma de falta de credibilidad, la gente hace justicia”, indica.

El profesional agrega: “Eso es el trasfondo psicosocial que explica por qué la gente decide linchar a un delincuente o supuesto delincuente, porque no cree que el sistema de seguridad los capture y no cree que el sistema de justicia los enjuicie y condene. Eso es muy delicado porque se aplica la ley de la selva y que se salve el que pueda”, argumenta.

A criterio del profesional, sí existe la pena de muerte en Guatemala, solo que sin un juicio, pues son las propias personas quienes deciden quién es culpable.

“Es tomar la decisión de matar a alguien, literalmente es una pena de muerte que no resuelve y está el riesgo de que se pueda matar a gente inocente, porque no hubo un proceso que terminara de identificar si –una persona– es responsable o no de lo que se le acusa. Recuerde que la Psicología de masas es muy delicada, solo falta con que alguien empiece a gritar, a asustar a la gente y termine en una buruca –disturbio–. Muchas veces los linchamientos son manipulados por alguien que les interesa eso”, dice.

PREVENCIÓN Y ABORDAJE

Axel Romero, viceministro de Prevención de la Violencia y el Delito del Ministerio de Gobernación (Mingob), indica que aunque no existe un programa que aborde la prevención de los linchamientos, debido a que desde hace varios años se implementó la Comisión Nacional para la Prevención de los Linchamientos que pertenece al OJ, el Mingob sí trabaja con las comunidades el liderazgo positivo y se hace conciencia sobre las limitaciones que tiene la organización comunitaria para actuar en determinados momentos.

“Obviamente, el tema del linchamiento se sale del estándar, nosotros no sabemos en qué momento puede suceder, pero sí se trabajan temas de capacitación dentro de las comunidades, donde se les indica cuál es el límite de actuación de la ciudadanía en diferentes eventos, aunque no tenemos un programa que se llame así –prevención de linchamientos–, indirectamente hacemos conciencia dentro de las comisiones de prevención”, explica Romero.

De acuerdo con el funcionario, actualmente trabajan a través del sistema de Consejos de Desarrollo, de la ley y sus reglamentos, que permiten la creación de comisiones a nivel comunitario, municipal y departamental.

Romero dice que en el año 1999 se implementaron las Juntas Locales de Seguridad a través de la orden 11-99, pero debido a los abusos cometidos se cambió el esquema. En esos años la PNC permitía a la población realizar patrullajes y otras actividades de seguridad, en tanto, hubo una modificación a esa disposición en el año 2014, a través de la orden 20-2014, donde se creó la Comisión de Prevención del Consejo de Desarrollo y se cambió el esquema de organización comunitaria.

“Logramos cambiar la lógica, la Junta Local -dirigida por la PNC- usaba a la población para actividades de seguridad, ellos lo promovían porque la gente hacía su trabajo. El esquema ahora es servir a la comunidad dentro de su propia organización en la Comisión del Consejo Comunitario de Desarrollo (Cocode), en el Consejo Municipal de Desarrollo (Comude) y en el Consejo Departamental de Desarrollo (Codede). Eso ha teniendo un impacto, a la fecha estamos trabajando con 8 Comisiones Departamentales, más de 150 Comisiones Municipales y alrededor de 120 Comisiones Comunitarias en todo el país”, detalla.

El viceministro de Prevención admite que la falta de credibilidad en las instituciones del Estado incide en que la población linche a una persona, sin embargo, reitera que es necesario que todas las instancias hagan su trabajo adecuadamente, es decir: la PNC, el Ministerio Público (MP) y el OJ.

El vicetitular de Seguridad agrega que es necesario que se fortalezca la Comisión Nacional para la Prevención de Linchamientos del OJ y que socialice con la población los procesos jurídicos y las decisiones que se toman al momento de dejar libre a una persona acusada por un delito.

La Hora intentó obtener una entrevista con representantes de esa Comisión o de personeros de comunicación social del OJ, pero al cierre de este reportaje, nadie atendió a este vespertino.

Por otro lado, el director de la Liga de Higiene Mental enfatiza que, aunque la erradicación o la disminución de linchamientos podrían llevar muchos años, hasta que el sistema cambie, al menos se puede avanzar con la promoción de campañas de sensibilización, de educación e información en las escuelas. También en hacer conciencia en la población de las consecuencias de participar en un linchamiento, ya que esto puede significar varios años de cárcel.

“Un disuasivo es decirle a la gente lo que le puede pasar si es identificada en un linchamiento y después es capturada. Es un delito mayor”, argumenta Garavito.

Justicia sanciona hasta con 50 años de cárcel el linchamiento

El sistema de justicia guatemalteco tipifica un linchamiento como asesinato u homicidio, dependiendo de las circunstancias en las que se origina un acto de esta índole:

ASESINATO

De acuerdo con el artículo 132, del Código Penal, comete asesinato quien matare a una persona:
1. Con alevosía.
2. Por precio, recompensa, promesa, ánimo de lucro.
3. Por medio o en ocasión de inundación, incendio, veneno, explosión, desmoronamiento, derrumbe de edificio u otro artificio que pueda proporcionar gran estrago.
4. Con premeditación conocida.
5. Con ensañamiento.
6. Con impulso de perversidad brutal.
7. Para preparar, facilitar, consumar y ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o la inmunidad para sí o para copartícipes o por no haber obtenido el resultado que se hubiere propuesto al intentar el otro hecho punible.
8. Con fines terroristas o en desarrollo de actividades terroristas.

Al reo de asesinato se le impondrá prisión de 25 a 50 años, sin embargo se le aplicará la pena de muerte en lugar del máximo de prisión, si por circunstancias del hecho y de la ocasión, la manera de realizarlo o los móviles determinantes, se revelare una mayor particular peligrosidad del agente.

A quienes no se les aplique la pena de muerte por este delito, no podrá concedérsele rebaja de pena por ninguna causa.

Inacif realizó 28 mil 49 necropsias

Según el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), entre enero de 2012 a septiembre de 2016, realizó 28 mil 48 necropsias por causas asociadas a hechos criminales.

La mayoría de muertes ocurrió por arma de fuego.

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