POR MARIELA CASTAÑÓN
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De acuerdo con los investigadores de la institución, Corinne Dedik y Walter Menchú, la sobrepoblación es crítica cuando la ocupación sobrepasa 120 por ciento, pero en el caso de Guatemala, la tasa es de 280 por ciento.

El último análisis realizado en junio de este año refería que existían 17 mil 942 personas privadas de libertad, el 49 por ciento en prisión preventiva; ese porcentaje tenía un año o más de permanecer en esa situación sin haber concluido su juicio.

En tanto que los espacios en los 22 centros carcelarios son insuficientes, pues suman un total de 6 mil 412 para la población detenida.

“Entre 1999 y 2010 se adicionaron 680 espacios en total, mientras que en el mismo periodo la cantidad de privados de libertad incrementó en 2 mil 870. Desde el año 2010, la población reclusa creció en 6 mil 870, mientras que los espacios se redujeron en 270 por la destrucción de Fraijanes II y un preventivo departamental deshabilitado”, cita la investigación.

CONSECUENCIAS
Dedik explicó que las consecuencias del hacinamiento no sólo afectan directamente a los privados de libertad, sino también a la seguridad ciudadana, pues el Ministerio Público (MP) ha identificado que el 80 por ciento de las extorsiones provienen de centros carcelarios.

El ministro de Gobernación (Mingob), Mauricio López Bonilla, dijo recientemente que una de las soluciones que proponen para el “abandono de 50 años del Sistema Penitenciario (SP)”, es el proyecto para los 26 módulos de deshacinamiento.

“Sé que van a haber críticas por todos lados, porque aquí somos parcos en el elogio y severos en la crítica, tenemos afilado el cuchillo para criticar, pero no para reconocer las cosas de fondo y hasta que no tengamos infraestructura como corresponde no vamos a poder hacer las cosas. Tengo esperanza en estos 26 módulos que van a tener 144 privados de libertad cada uno de ellos”, dijo.

RECOMENDACIONES
Por otro lado, el CIEN recomendó a las autoridades buscar una solución a largo plazo para contar con un sistema carcelario adecuado; diseñar y socializar un plan de inversión en infraestructura carcelaria; evaluar y ajustar el marco legal, ya que la Ley del Régimen Penitenciario establece un plazo de hasta el 2017 para adecuar la infraestructura a nivel nacional, proceso que aún no se ha iniciado.

Además, aprovechar la nueva infraestructura para que se implemente un nuevo régimen interno y disciplinario.

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