POR CLAUDIA PALACIOS
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El tribunal escuchó el análisis de un perito de la Contraloría General de Cuentas, quien describió a detalle el trabajo que el Grupo Dinámica Constructiva (Dimaco) realizó para la municipalidad, a través de un contrato en el que se le delegaba la función de recaudación del IUSI.

Según el perito, además de la administración y cobro del impuesto la empresa brindaba otros servicios como la expansión y actualización del catastro municipal. Su intervención fue solicitada por su función como supervisor de la Comisión de Auditoría que estudió las modificaciones presupuestarias municipales a partir de los recursos provenientes del IUSI.

El auditor explicó que Dimaco realizaba la recaudación del impuesto por medio del formulario 7-B, que está autorizado por la contraloría exclusivamente para el uso de las municipalidades, ya que según el artículo 154 de la Constitución, la recaudación de impuestos es una función pública no delegable, por lo que las empresas privadas no están autorizadas para hacerlo. “El objetivo de que las municipalidades cobren los impuestos es dotar a la municipalidad de apoyo financiero para que pueda realizar los proyectos en beneficio de la población”, observó.

Esta es la razón por la cual la Contraloría General de Cuentas denunció la anomalía ante el Ministerio Público, ya que para pagar el servicio a la empresa se utilizó parte del pago de los impuestos. Para la recaudación del impuesto la empresa utilizaba un local perteneciente a la alcaldía y los ingresos eran depositados en la cuenta única del Tesoro Municipal.

Toribio Aquino es representante legal del Grupo Dimaco y trabajaba como supervisora de obras para la alcaldía de Chinautla. Las pesquisas indican que la mencionada empresa recibió una comisión del 15 por ciento, equivalente a 1.8 millones de quetzales por la recaudación del impuesto sobre inmuebles, entre el 1 enero de 2011 y el 13 de agosto de 2012. A pesar de la reposición del dinero por parte de la empresa, la sindicada fue llamada a juicio, porque el delito ya había sido cometido.

De ser encontrada culpable, la acusada enfrentaría una pena de prisión no mayor a cuatro años, así como una multa de 10 mil quetzales.

El alcalde de la Municipalidad de Chinautla, Arnoldo Medrano, ha enfrentado cinco antejuicios por incumplimiento de deberes en este mismo caso. La semana pasada Medrano presentó pruebas de descargo para evitar que se le retire la inmunidad por retener información que le solicitó la Contraloría General de Cuentas.

Por este caso, también fueron procesados Arison Rubicely Cordón, nuera de Medrano, y Antonio Alvarado, contratista de la municipalidad; sin embargo, ambos fueron absueltos de los cargos por la jueza Anabella Cardona.

Arnoldo Juárez, defensa de la acusada, expresó al medio Prensa Libre que su estrategia de defensa será la misma utilizada en el juicio contra Cordón y Alvarado, ya que la Fiscalía no varió las pruebas del caso.

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