A pesar de estar ligado a proceso por secuestro, juez concede libertad a Andrés Alcázar por caso de Julio Martínez Murillo

Sergio Osegueda

El Juzgado de Mayor Riesgo B concedió la libertad a Andrés Alcázar Crespo, sexto implicado en el secuestro del odontólogo Julio Amílcar Martínez Murillo, pese a que se encuentra ligado a proceso penal por el delito de plagio o secuestro en grado de complicidad. La medida no modificó el delito por el cual enfrenta proceso.

Según argumentó la defensa, si bien el delito de plagio o secuestro no figura en el catálogo de ilícitos que contempla la ley para acceder a una medida sustitutiva, existen convenciones internacionales y fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, pese a la gravedad de estos hechos, contemplan la posibilidad de otorgar la libertad a los sindicados para evitar la vulneración de sus derechos.

Asimismo, el abogado Francisco Gallardo, defensor de Crespo, señaló que durante un reciente congreso jurídico organizado por la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial (AJMOJ) se instó a los jueces a revisar sus resoluciones al momento de imponer medidas de coerción, con el propósito de privilegiar el «control convencional». Esto implica poner especial énfasis en los convenios internacionales suscritos por Guatemala y priorizar, bajo ese criterio, las medidas sustitutivas.

MP EN CONTRA

Por su parte, el Ministerio Público (MP) se opuso a la petición, al argumentar, en primer lugar, que existe una prohibición expresa en la ley para que las personas procesadas por el delito de secuestro, en cualquiera de sus formas o grados, puedan acceder a la libertad mediante una medida sustitutiva.

Asimismo, señaló que la investigación, cuya discusión está programada para el próximo 29 de septiembre, profundiza en aspectos que vinculan directamente a Alcázar como uno de los presuntos colaboradores en el secuestro del odontólogo. Según la fiscalía, cuentan con documentación y testimonios que lo ubican en la compra de los chips y teléfonos utilizados el día del secuestro y posteriormente por los presuntos responsables.

La fiscalía también sostuvo que Alcázar no debía recuperar su libertad, pues, si presuntamente colaboró en una ocasión para ejecutar el secuestro, existiría la posibilidad de que continuara ayudando a personas que permanecen prófugas de la justicia. A esto se suma que la víctima continúa desaparecida.

EL JUEZ

Al fundamentar su decisión, el juez Eduardo Orozco también tomó como base los argumentos expuestos por la defensa y aseguró que existen diversos convenios suscritos por Guatemala orientados a garantizar los derechos de los sindicados.

Aunque el delito cuenta con una prohibición expresa para acceder a una medida sustitutiva y el MP presentó nuevos hallazgos durante la audiencia, el juez señaló que no podía atender la solicitud de la fiscalía y los querellantes de mantener a Alcázar en prisión preventiva. Según explicó, parte de la información del caso podía filtrarse y cuestionó a los medios de comunicación por dar a conocer detalles de la investigación, como ocurrió después de los últimos allanamientos, cuando se informó sobre las dos personas que permanecen prófugas de la justicia dentro del caso.

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Finalmente, el juez decidió otorgarle las medidas:

1. Arresto Domiciliar
2. Arraigo
3. Colocación de su huella dactilar en el sistema biométrico cada 5 de mes
4. Pago de Caución económica de Q10 mil
5. Uso de control telemático que en este caso, deberá ser costeada por el estado y no por Alcázar.

Tras su resolución, Orozco ordenó la inmediata libertad de Alcázar, quien ahora deberá presentarse el próximo 29 de septiembre al juzgado para la audiencia de etapa intermedia y discutir si debe enfrentar juicio por este caso.