Exgerente del IGSS solicita devolución de bienes, pero jueza rechaza y emplaza a MP

Sergio Osegueda

El exgerente general del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), César Augusto Sandoval Morales, procesado dentro del Caso Fénix donde se le acusó del supuesto desfalco de más de Q350 millones de la institución.

Derivado de esa investigación, el MP solicitó la inmovilización de distintas propiedades vinculadas al exgerente y a la entidad Afrodita S.A., involucrada dentro del caso, situación que fue autorizada en 2021.

Sin embargo, cinco años después de aquella inmovilización, el exgerente alega que no existe avance en la investigación y por ende la medida debe ser levantada. Según explicó a la jueza Ana Isabel Guerra, aunado a esto, dentro del proceso penal ya se han dictado sobreseimiento, cierres de caso y otras acciones que le han favorecido, situación por la cual no existirían argumentaciones para validar la supuesta adquisición anómala de por lo menos siete inmuebles de los que reclama su devolución.

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Por su parte, el Ministerio Público (MP), asegura que parte del retraso en la investigación, se debe a los constantes cambios que ha sufrido la fiscalía de personal y jefes que no permitieron un avance más ágil dentro del mismo, aunado a esto, también la solicitud de información a otros entes que no ha sido rápida, por lo que necesitan más tiempo para completar las indagaciones.

Finalmente, la juzgadora indicó, que la misma ley le imposibilita a devolver bienes cuando la investigación está en curso, situación por la cual no podía acceder a la petición de Sandoval y devolverle las siete propiedades.

No obstante, Guerra también señaló que ante el tiempo transcurrido, los bienes no pueden permanecer de forma permanente inmovilizados, situación por la cual dio un plazo de nueve meses al MP para que complete la investigación, de modo que al finalizar ese tiempo, la fiscalía haga la petición que considere pertinente, ya sea una acción de extinción de dominio y que esto permita iniciar el juicio respectivo, el levantamiento de los embargos si en dado caso no hay elementos a juzgar o la petición que considere pertinente.